Organización de la Atención Primaria de Salud en Andalucía
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Organización de la Atención Primaria de Salud (APS)
Marco Legal
Según la Ley General de Sanidad (LGS), cada provincia se divide en áreas de salud, que comprenden dispositivos de atención primaria y especializada (secundaria y terciaria). Estas áreas se subdividen en Zonas Básicas de Salud (ZBS), cada una con un centro de salud como dispositivo de atención primaria.
Organización en Andalucía
Desde 1985, Andalucía ha adaptado esta estructura. Cada provincia constituye un área de salud, dividida en zonas geográficas, cada una con un hospital de referencia. Estas áreas gestionan tanto la atención primaria como la especializada.
Área de Salud (Ley de Salud de Andalucía)
El área de salud es el marco para la planificación y desarrollo de las acciones sanitarias. Debe contar con la financiación y recursos necesarios para prestar servicios de atención primaria y especializada, garantizando la continuidad asistencial y la accesibilidad.
Distritos de Atención Primaria en Cádiz
Como ejemplo, la provincia de Cádiz se divide en los siguientes distritos de atención primaria:
- Bahía de Cádiz-La Janda (9 ZBS)
- La Sierra (6 ZBS)
- Jerez (4 ZBS)
- Campo de Gibraltar (5 ZBS)
Distrito de Atención Primaria (Decreto 197/2007)
Según la normativa andaluza, los distritos son las estructuras para la planificación, dirección, gestión y administración de la atención primaria. Sus funciones incluyen la organización de la asistencia sanitaria, promoción de la salud, prevención de enfermedades, cuidados para la recuperación, gestión de riesgos ambientales y alimentarios, así como formación, docencia e investigación.
Zona Básica de Salud (ZBS)
La ZBS es el marco territorial básico para la atención primaria, con acceso directo para la población. Debe proporcionar una asistencia continuada, integral, permanente y accesible. Existen dos tipos de ZBS: urbanas (cada ciudad) y rurales (varios pueblos). En las urbanas, cada ciudad es una ZBS con varios centros de salud. En las rurales, varios pueblos conforman una ZBS, con un centro de salud (módulo II) en uno de ellos y consultorios locales (módulo I) en los demás.
Centros de Atención Primaria de Salud (Decreto 197/2007)
Son las estructuras físicas donde los profesionales realizan las actividades de atención primaria, integral y orientada a la ciudadanía. Constituyen el primer punto de contacto de la población con el sistema sanitario público.
Dispositivos de Atención Primaria
- Centro de salud: módulo II
- Consultorio: módulo I
- Consultorio auxiliar: módulo 0
Dispositivos de Apoyo
DAAP (Dispositivo de Apoyo de Atención Primaria): Cada distrito cuenta con unidades de gestión clínica y un dispositivo de apoyo.
DEAP (Dispositivo de Apoyo Específico de Atención Primaria): Cada distrito dispone de un DEAP, compuesto por personal y recursos para apoyar directamente a los equipos básicos de atención primaria.