Organización y Financiación Sindical: Claves para Entender su Funcionamiento

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Estructura y Funcionamiento de un Sindicato

Régimen Jurídico Interno

Los estatutos sindicales y reglamentos rigen el funcionamiento interno del sindicato. Los reglamentos desarrollan las disposiciones de los estatutos. Los órganos habituales de un sindicato son:

  • Congreso: Máximo órgano deliberante y decisorio.
  • Conferencias: Abordan temas concretos.
  • Consejo General: Máximo órgano de dirección y representación entre congresos.
  • Comité Ejecutivo/Ejecutiva: Responsable de la dirección global y diaria.
  • Secretariado Permanente (Secretaría General): Representación legal y pública.
  • Comisiones Específicas: (Garantías, control financiero, etc.)
  • Órganos Accesorios: (Financieros, técnicos, fundaciones, etc.)

Tipos de Sindicatos

Criterio Funcional

  • Sindicatos de empresa o interempresa.
  • Sindicatos de rama o sector.
  • Sindicatos de oficio.

Estructuras complejas: federaciones (ej. Federación de Servicios a la Ciudadanía CCOO, UTCP - Unión de Trabajadores por Cuenta Propia - por adhesión o afiliación).

Criterio Espacial o Geográfico

Estructuras complejas: uniones, confederaciones (unión de federaciones).

Financiación del Sindicato

  1. Cuotas Sindicales: El check-off o descuento empresarial (art. 11.2 LOLS) facilita la recaudación, previa conformidad del trabajador. El sindicato no puede revelar la afiliación sin consentimiento.
  2. Actividades Económicas Propias: Los sindicatos pueden realizar actividades económicas sin ánimo de lucro, cuyos beneficios se destinan al sindicato, no a los afiliados.
  3. Subvenciones Públicas: Se otorgan con criterios de igualdad, en función de la representatividad obtenida en elecciones sindicales y la colaboración en formación profesional.
  4. Exenciones y Bonificaciones Fiscales: (art. 5.4 LOLS)
  5. Dietas y Retribuciones Institucionales: (art. 6.3.a) LOLS)
  6. Cesión de Bienes y Derechos del Patrimonio Sindical Acumulado: (L. 46/1986, 8 de enero)
  7. Devolución del Patrimonio Sindical Histórico: (RD Ley 13/2005)
  8. Canon de Negociación Colectiva: (art. 11.2 LOLS) Voluntario y por gastos probados. Requiere conformidad individual por escrito de los trabajadores.

Destino del Patrimonio Sindical por Disolución

En caso de disolución, el destino del patrimonio se rige por los estatutos sindicales, acuerdos de disolución y la Ley de Asociaciones, atendiendo a su objeto social.

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