Organización y Fundamentos de la Unión Europea: Estructura Institucional y Valores Clave

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Estructura de la Unión Europea y su Marco Jurídico

La Unión Europea (UE) y su estructura, conforme a los Tratados, poseen una existencia de tiempo ilimitado. Una simplificación clave es que de los tres pilares anteriores se ha pasado a la actual UE con personalidad jurídica y duración ilimitada.

Evolución Estructural y Personalidad Jurídica

  • El segundo pilar y el tercer pilar englobaban la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y la cooperación policial y judicial en materia penal (método de cooperación intergubernamental).
  • El primer pilar contenía las restantes políticas, sometidas al método comunitario.

El artículo 47 del Tratado de la Unión Europea (TUE) reconoce la personalidad jurídica de la UE. Esta adquisición estructural mejorará la capacidad de la UE para actuar, especialmente en política exterior.

Implicaciones de la Personalidad Jurídica

El reconocimiento de la personalidad jurídica conlleva, a partir de ahora, varias capacidades:

  1. Capacidad para negociar y firmar acuerdos internacionales, respetando sus competencias.
  2. Capacidad para convertirse en miembro de una organización internacional.
  3. Capacidad para adherirse a convenios internacionales, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).

Singularidad de la PESC y Marco Normativo

No obstante, pervive la singularidad de la PESC y de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD). Como expresión de su modelo híbrido entre un Estado federal y una organización intergubernamental, la PESC permanece gobernada por un sistema diferente.

Fuentes del Marco Jurídico

La UE se rige por:

  • El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE): Marco jurídico en el que se desarrollan las distintas políticas comunes y acciones internas de la Unión (excepto PESC y PCSD), desarrollando los objetivos.
  • El TUE: Recoge principalmente los valores, principios y objetivos de la UE.
  • El Tratado constitutivo de la Euratom.
  • La Carta de Derechos Fundamentales de la UE.

Así, la estructura institucional que garantiza la formación de la voluntad en la UE también recibe la influencia del interés general europeo, es decir, los intereses de la Unión recogidos en sus objetivos.

Principios y Valores Fundamentales de la Unión

Artículo 2 del TUE: Valores de la Unión

El artículo 2 del TUE establece los valores sobre los que se fundamenta la Unión. Estos son:

La Unión se fundamenta en los valores de:

  • Respeto de la dignidad humana.
  • Libertad.
  • Democracia.
  • Igualdad.
  • Estado de Derecho.
  • Respeto de los Derechos Humanos (DDHH), incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías.

Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por:

  • El pluralismo.
  • La no discriminación.
  • La tolerancia.
  • La justicia.
  • La solidaridad.
  • La igualdad entre mujeres y hombres.

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