Organización Judicial en España: Competencias y Funciones de los Tribunales
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Organización Judicial en España: Competencias y Funciones
a) Juez de Paz
- Hay uno por municipio.
- Es elegido por el alcalde.
- Puede ser cualquier persona que sepa leer y escribir y tenga buena reputación.
- Trata las faltas.
- Solo entiende cuando el motivo de disputa no supera los 50€.
- Celebra bodas.
- Hace de mediador entre la gente del pueblo para no llegar a los tribunales.
- Existe en todos los municipios, excepto en los que son cabeza de partido.
b) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
- Partido judicial: agrupación de varios municipios que comparten tribunal.
- Cabeza de partido: municipio donde tiene la sede el tribunal.
- Dentro del partido judicial hay un juzgado de Primera Instancia e Instrucción formado por jueces profesionales.
c) Audiencia Provincial
- Existe una por provincia.
- Su ámbito de competencia es toda la provincia.
- Existen salas de todas las materias (civil, penal, etc.).
d) Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma
- Es el máximo órgano judicial de la Comunidad Autónoma.
- Hay 17 en España.
- Tiene como tribunal superior al Tribunal Supremo.
e) Audiencia Nacional
- Hay una en España.
- Tiene su sede en Madrid.
- Es un tribunal especial porque conoce sobre materias de especial trascendencia, que aconseja que sean juzgadas aquí y no en el tribunal correspondiente, rompiendo así el "Principio de Territorialidad".
- Los delitos que trata son:
- Materia penal: delitos contra la Corona, terrorismo, narcotráfico a gran escala, falsificación de moneda.
- Contencioso-administrativo: conflicto contra la Administración, actos en contra de un ministerio.
- Materia social/laboral: impugnación de convenios colectivos.
f) Tribunal Supremo
- Hay uno en España.
- Tiene su sede en Madrid.
- Es el máximo órgano judicial en España.
- Sus sentencias son definitivas, inapelables y crean jurisprudencia.
g) Tribunal Constitucional
- Hay uno en España.
- Tiene su sede en Madrid.
- Se creó con la aprobación de la Constitución de 1978.
- Su función es interpretar y aclarar cuestiones relacionadas con la Constitución.
- Puede ser instancia superior al Tribunal Supremo en aquellos casos en que se pueda demostrar que la cuestión que ha sido juzgada pueda contener alguna violación de derecho de la Constitución.
- Está compuesto por 12 miembros:
- 4 elegidos por el Congreso de los Diputados.
- 4 por el Senado.
- 2 por el Gobierno.
- 2 por el Consejo General del Poder Judicial.
- Sus miembros pueden ser abogados, catedráticos, etc., demostrando tener alto conocimiento de la Constitución.
- La duración del cargo es de 9 años.
- Funciones:
- Recurso de inconstitucionalidad: solo lo pueden presentar altos cargos políticos cuando una ley tiene algún artículo que va en contra de la Constitución.
- Recurso de amparo: puede presentarlo cualquier ciudadano cuando crea que no se ha tenido en cuenta algún derecho recogido en la Constitución.
- Cuestión de inconstitucionalidad: el Tribunal Constitucional es un órgano consultivo de jueces y tribunales de toda España; si hay dudas de la constitucionalidad de una norma que tenga que aplicar, se puede consultar al Tribunal Constitucional.
- Resuelve problemas entre el Gobierno central y el gobierno de la Comunidad Autónoma.
- Revisa tratados internacionales que firma España para evitar que se incluya algún punto que vaya en contra de la Constitución.