Organización judicial en España y funciones constitucionales del Rey

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Organización judicial en España

Órganos jurisdiccionales

  1. 1º Tribunal Supremo: órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes. Tiene jurisdicción en todo el Estado. Su sede está en Madrid.
  2. 2º Audiencia Nacional: tiene su sede en Madrid y jurisdicción en toda España.
  3. 3º Tribunal Superior de Justicia: máximo órgano jurisdiccional de las comunidades autónomas (CCAA) con jurisdicción en el territorio de éstas.
  4. 4º Audiencia Provincial: tiene su sede en la capital de cada provincia, extendiendo su jurisdicción al territorio de la misma.
  5. 5º Juzgado de Primera Instancia e Instrucción: ejercen su actividad en una comarca cuya cabecera es el partido judicial y la jurisdicción es el partido judicial.
  6. 6º Juzgados de Paz: existen en cada municipio donde no existe el juzgado de primera instancia e instrucción; los jueces no son profesionales y son elegidos por el pleno municipal por un periodo de 4 años.

Funciones del Rey

Funciones:

  • Sancionar y promulgar leyes.
  • Convocar y disolver las Cortes Generales.
  • Convocar elecciones.
  • Convocar a referéndum.
  • Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
  • Puede nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
  • Conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones.
  • Ser informado de los asuntos del Estado y presidir las sesiones del Consejo de Ministros a petición del Presidente del Gobierno.
  • Mando supremo de las Fuerzas Armadas.
  • Declarar la guerra y hacer la paz.

Características

  1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su familia y de su Casa, y distribuye libremente la misma.
  2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
  3. Senadores de elección directa: son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto; son 4 senadores por provincia, excepto en las islas, que son 3.
  4. Senadores designados por las CCAA: los senadores designados por las comunidades autónomas son elegidos por la asamblea legislativa: un senador inicial y otro más por cada millón de habitantes de su territorio.

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