Organización política y derechos en los estados democráticos
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Organización política en los estados democráticos
Los estados se caracterizan por soberanía popular, elecciones por sufragio universal, poderes de estado divididos legislativo, judicial y ejecutivo, existe pluralismo político, libertad de expresión, etc.
Los estados autoritarios: el poder controlado por el estado y no se reconocen los derechos de los ciudadanos, la soberanía reside en una sola persona o grupo, no hay separación de poderes, no existen elecciones libres y no existe el pluralismo político.
Estados centralizados: se caracteriza por el estado toma las decisiones, las divisiones administrativas y territoriales no tienen autonomía.
Estados descentralizados: la toma de decisiones es del gobierno central, cada división administrativa o territorial tiene su propia administración y sus miembros son elegidos por el pueblo, la constitución de cada estado regula las competencias que tiene el gobierno central.
Poder ejecutivo: es el que ejerce el gobierno tomando decisiones políticas y aplicando las leyes aprobadas por el poder legislativo.
Poder legislativo: elabora las leyes y se ejerce a través de las cámaras parlamentarias, el congreso, las cortes, etc.
Poder judicial: ejercido por los tribunales de justicia y los jueces se encargan de juzgar y resolver conflictos aplicando la ley.
España es un estado democrático basado en una soberanía nacional y el sufragio universal, es una monarquía parlamentaria en la que el rey es el jefe del estado y no ejerce ningún poder político.
Cortes generales: son elegidas por los ciudadanos mediante sufragio universal por un periodo de 4 años, desempeñan el poder legislativo, elaboran leyes, eligen al presidente del gobierno y aprueban los presupuestos generales del estado, están compuestas por dos cámaras, el congreso y el senado.
El gobierno: ejerce el poder ejecutivo y está formado por el presidente del gobierno y sus ministros, el presidente es elegido por los diputados elegidos en las elecciones generales.
Los tribunales de justicia están formados por jueces y magistrados que velan por la aplicación de las leyes, el órgano máximo de justicia es el tribunal supremo. La organización política de cada comunidad está formada por parlamento autonómico, el consejo de gobierno y el tribunal superior de justicia.
Derechos civiles: aquellos que regulan las relaciones entre las personas (la igualdad, el derecho a la vida, la seguridad, etc).
Derechos sociales: aquellos que afectan al conjunto de ciudadanos (el derecho a la seguridad social, a una vivienda digna, a la enseñanza).
Benelux: primera unión económica en Europa, CECA mercado común del carbón y el acero, Robert Schuman 1957, Tratado de Roma en 1973, Dinamarca, Reino Unido e Irlanda en 1981, Grecia en 1986, España y Portugal, 1992 se firma el Tratado de Maastricht permite circular y residir libremente en los países de la comunidad, 1999 se crea el euro.
Consejo de la Unión: agrupa a los países de la unión, parlamento europeo es la cámara legislativa y comisión europea es el poder ejecutivo.
Convención de Ginebra: se firma en 1949 que define los derechos y deberes de las personas civiles y militares en tiempos de guerra.