Organización Política de los Reinos Ibéricos en la Baja Edad Media
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Durante la Baja Edad Media, las Coronas de Castilla, de Aragón y el Reino de Navarra compartían una organización política similar, fundamentada en tres instituciones principales: la Monarquía, las Cortes y los municipios, aunque con ligeras diferencias significativas.
La Corona de Castilla
En Castilla, la Monarquía se fortalece notablemente. Esto se debió, por un lado, a la defensa de la idea de que el poder real provenía directamente de Dios y, por otro, a la reincorporación del derecho romano, que apoyaba la concentración total de la autoridad en el soberano (un claro ejemplo de autoritarismo). Contribuyeron a la difusión de estas ideas obras legislativas fundamentales como las Partidas de Alfonso X y el Ordenamiento de Alcalá.
Instituciones Centrales en Castilla
- En la administración central, los nobles servían al rey, quien se ayudaba de la Curia Regia (encargada de asuntos internos reales y públicos).
- La Curia Regia derivó posteriormente en el Consejo Real (un órgano de consulta para el monarca) y en las Cortes (asamblea estamental que, entre otras funciones, concedía subsidios o impuestos extraordinarios al rey).
- Otras instituciones destacadas incluían la Audiencia (en el ámbito de la Justicia) y la Contaduría (en el ámbito de la Hacienda).
Administración Territorial en Castilla
- El reino se dividía en Merindades, con un Merino como máxima autoridad judicial en su territorio.
- Los concejos (asamblea de vecinos) eran presididos por un juez, junto a regidores y representantes de los vecinos.
- Posteriormente, los corregidores, introducidos por los Reyes Católicos (RRCC), se encargarían de controlar y supervisar el funcionamiento de los concejos.
La Corona de Aragón
En Aragón, el sistema político se caracterizó por el Pactismo. Debido a la costosa política exterior y a las particularidades y fueros de cada reino que componían la confederación (Aragón, Cataluña, Valencia, Mallorca), los reyes necesitaban pedir ayuda económica a los estamentos privilegiados. A cambio de esta ayuda, los monarcas debían jurar el respeto al Privilegio General y a los fueros (que garantizaban privilegios para nobles y autonomía en sus señoríos).
Además, los reyes se comprometieron a convocar regularmente las Cortes y a aceptar el papel judicial del Justicia Mayor, una figura clave en la defensa de los fueros frente al poder real.
Instituciones en Aragón
- El rey se ayudaba del Consejo Real y de las Cortes.
- De las Cortes surgieron instituciones permanentes como la Generalitat (en Cataluña y Valencia) y la Diputación General de Aragón.
- De la Hacienda se encargaba el Bayle General.
- De la justicia se encargaba la Audiencia.
Administración Territorial en Aragón
En la administración territorial, los concejos urbanos fueron progresivamente dominados por las oligarquías urbanas. Para contrarrestar este poder y asegurar una representación más amplia (o al menos controlada), los Reyes Católicos (RRCC) crearon el proceso de insaculación (sorteo de cargos municipales entre una lista preseleccionada).
El Reino de Navarra
Navarra también adoptó un sistema pactista. El rey se ayudaba del Consejo Real y de las Cortes, respetando siempre los fueros del reino. Instituciones propias destacadas eran la Diputación de los Tres Estados y la Cámara de Comptos (encargada de las finanzas).
Tras ciertos conflictos civiles internos, Navarra fue conquistada por Fernando el Católico en 1512. A pesar de su incorporación a la Corona de Castilla, se respetaron sus instituciones y fueros, manteniendo una notable autonomía.