Organización Político-Administrativa de España: Las Comunidades Autónomas
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ESPAÑA EN DIV REG1.- El proceso de organización político-administrativa de España.
1.- Historia
En la Constitución de 1978, una vez instaurada la democracia, se establece el fundamento de la actual división político-administrativa descentralizada de España en diecisiete Comunidades Autónomas con los siguientes objetivos:
- Responder al deseo de autogobierno de muchas regiones que quieren recuperar viejos derechos.
- Modernizar las estructuras del Estado.
- Dar estabilidad a la organización político-administrativa para emprender políticas de desarrollo regional.
- Adecuar las realidades económicas, sociales, culturales, etc., con su marco territorial.
Clasificación de las Comunidades Autónomas:
- Regiones históricas de cierta tradición reivindicativa
- Regiones de reciente sentir autonómico
- Regiones de reciente conciencia regional
- Regiones modificadas por otros factores
En la organización y funcionamiento del Estado autonómico, destacan seis características:
- Cada comunidad autónoma se rige por su Estatuto de Autonomía.
- Las comunidades tienen competencias en muy diversos asuntos: competencias exclusivas y no exclusivas. También pueden ampliar sus competencias.
- Las instituciones de una Comunidad Autónoma son: Parlamento, Gobierno Autonómico, Tribunal Superior de Justicia autonómico y el Presidente de la Comunidad.
- La financiación de las comunidades autónomas contempla un régimen común y un régimen foral para el País Vasco y Navarra.
- Las comunidades autónomas se subdividen administrativamente en provincias y municipios.
- El estado de las autonomías, pese a su perfil asimétrico, se basa, según el espíritu de la Constitución de 1978, en la igualdad y en la solidaridad.
2.- Comunidades Autónomas
La Constitución de 1978 estableció el camino para que, a partir de las nacionalidades y regiones, se constituyeran las Comunidades Autónomas. El texto constitucional no obligaba a que todas y cada una de las provincias se organizaran en comunidades. A ese mismo nivel de altas competencias se unió el Estatuto de Andalucía.