Organización Territorial y Administrativa

Clasificado en Derecho

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Clases de Órganos Administrativos

En función de su composición se dividen en:

  • Complejos: Están constituidos por la agrupación de órganos.
  • Simples: No hay una pluralidad de órganos dentro de él.

En función del número de sus titulares se dividen en:

  • Colegiados:
  • Unipersonales:

En función de sus destinatarios se dividen en:

  • Activos: Tienen trascendencia al exterior e interior.
  • Consultivos: Evacuar informes, Consejo de Estado, etc.
  • De control: Controlar la actividad material o tributaria de la Administración.

Titularidad de la Competencia

  • Competencia material: Se da cuando la atribución de competencia a un órgano determinado se basa en un criterio material.
  • Competencia territorial: Se da cuando la atribución de competencia a un órgano determinado se basa en un criterio territorial.
  • Competencia funcional: Se da cuando la atribución de competencia a un órgano determinado se basa en un criterio funcional.

Administración General del Estado

La estructura organizativa de la Administración General del Estado se distingue entre órganos centrales y periféricos. Dentro de los órganos centrales, se distingue entre órganos superiores y órganos directivos.

  • Órganos superiores: Ministros y Secretarios de Estado.
  • Órganos directivos: Tienen a su cargo los sectoriales: Secretarios Generales, Directores Generales y Subdirectores Generales.

La Administración Periférica del Estado se compone por los Delegados del Gobierno y por los Subdelegados del Gobierno en las provincias.

Administración de las CCAA

Cada Comunidad Autónoma tiene competencias para regular su propia Administración. Distinguimos entre:

  • Órganos superiores: Presidente, Vicepresidente, en su caso, el Consejo de Gobierno y los consejeros.
  • Órganos directivos: Secretarios generales, secretarios autonómicos, directores generales, vicesecretarios y subdirectores generales y órganos asimilados.

Estando el resto de órganos bajo la dependencia o dirección de un órgano superior o directivo.

Entidades Locales

Ayuntamientos y Órganos Municipales

  • Pleno:

Ayuntamientos

La organización típica o normal de un Ayuntamiento se estructura en torno a los siguientes órganos:

  1. El Pleno
  2. Las comisiones
  3. El Alcalde
  4. La Junta de Gobierno Local

Solo el Pleno o el Alcalde tienen competencias para dictar actos administrativos o adjudicar contratos. Los concejales no tienen competencias, salvo las que le delegue el Alcalde.

Funciones del Pleno

En el Pleno municipal radica la representación de los vecinos, a través de los concejales elegidos democráticamente cada 4 años. Todos los concejales forman parte del Pleno. Es la cámara de representación democrática de los vecinos, y como tal le corresponde:

  • La potestad normativa mediante ordenanzas locales.
  • Aprobar los Presupuestos.
  • Ejercer el control político del gobierno local.

Otras Entidades Locales

Comarcas

Son agrupaciones de municipios con una base histórica, geográfica y económica común. Son un soporte para la prestación de determinados servicios y la gestión de intereses comunes.

Áreas Metropolitanas

Son entidades locales integradas por municipios de grandes aglomeraciones urbanas en cuyos núcleos de población existen vinculaciones económicas y sociales que hacen necesaria la planificación conjunta y coordinación de determinados servicios y obras.

Mancomunidades

Asociaciones voluntarias de varios municipios para la ejecución en común de obras y servicios de competencia municipal.

Entidades Locales de Ámbito Inferior al Municipio

Son entidades menores incorporadas a la órbita de un municipio para la administración descentralizada de núcleos de población separados bajo los caseríos, aldeas, barrios, etc.

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