Organización Territorial del Estado Español: Comunidades, Provincias y Municipios
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 3,67 KB
Comunidades Autónomas: Estructura y Competencias
Las Comunidades Autónomas son la entidad territorial política y administrativa dotada de poder ejecutivo y legislativo.
Procedimientos de Constitución de las Comunidades Autónomas
Para constituirse como autonomías, existen varias vías de acceso:
- Procedimiento Ordinario (o Común): Las Comunidades Autónomas adquieren las competencias según lo determine la Constitución Española, y cualquier modificación de estas requiere la reforma del Estatuto de Autonomía.
- Procedimiento Especial: Viene determinado en las disposiciones de la Constitución y está destinado a los territorios que, durante la Segunda República, ya hubieran comunicado al Gobierno un régimen provisional de autonomía.
- Procedimiento Excepcional: Se aplica cuando las Cortes Generales, mediante ley orgánica, autorizan la constitución de autonomías para territorios que no están integrados en un ordenamiento provincial (como Ceuta y Melilla), de acuerdo con el Estatuto de Autonomía.
Toda comunidad se basa en la normativa institucional denominada Estatutos de Autonomía, donde se establecen los principios organizativos, constituyentes y competenciales de cada comunidad.
Organización de las Comunidades Autónomas (CCAA)
Asamblea Legislativa o Parlamento Autonómico
Sus funciones son:
- Aprobar los presupuestos.
- Ejercer el poder legislativo.
- Elegir al Presidente de la Comunidad.
- Controlar al Gobierno mediante moción de censura y cuestión de confianza.
Consejo de Gobierno
Sus funciones son:
- Función ejecutiva y administrativa.
- Potestad reglamentaria.
- Planificación de la política regional.
- Aprobación de los presupuestos.
Las Provincias: Estructura y Funciones
Las Provincias son la entidad local con personalidad jurídica propia, formada por la agrupación de municipios.
Funciones de las Provincias
Las funciones que desarrollan son:
- Coordinación de servicios municipales.
- Asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica.
- Prestación de servicios públicos para la cooperación y planificación territorial.
- Determinación de reglamentos y ordenanzas con potestad normativa de la Diputación.
Organización Provincial
- Pleno: Formado por el Presidente (elegido por los diputados provinciales), Vicepresidentes (designados por el Presidente) y los diputados.
- Junta de Gobierno: Compuesta por el Presidente y los diputados (máximo 1/3 del Pleno).
- Órganos Complementarios: Consejos sectoriales, consejos delegados, órganos desconcentrados y descentralizados.
Los Municipios: Estructura y Gestión Local
Los Municipios son una comunidad asentada en un territorio y organizada bajo un ayuntamiento o concejo abierto para gestionar, gobernar y administrar sus intereses.
Organización Municipal
- Pleno: Compuesto por los concejales o miembros de la corporación local, el alcalde (elegido por los concejales) y los tenientes de alcalde (designados por el alcalde).
- Junta de Gobierno Municipal: Formada por el alcalde y los concejales (máximo 1/3 del Pleno).
- Órganos Complementarios: Concejales delegados, comisiones informativas, comisión especial de cuentas, consejos sectoriales, órganos desconcentrados y descentralizados, juntas municipales de distrito y representantes del alcalde.