Organización Territorial y Potestad Normativa de Entidades Locales en España
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Regímenes Provinciales Especiales
Debido a la disparidad de situaciones originadas por el proceso autonómico, han surgido los regímenes provinciales especiales que se estudian a continuación:
Comunidades Autónomas Uniprovinciales
Desaparece la administración provincial y las competencias de las diputaciones provinciales son asumidas por los órganos de las comunidades autónomas.
Navarra
Es una comunidad autónoma uniprovincial, ya que cuenta con una Diputación Foral y un Parlamento Foral.
Comunidades Insulares
Las especiales características de los territorios insulares determinan peculiaridades administrativas para las islas, a saber:
Illes Balears
Existen tres Consejos Insulares (Mallorca, Menorca e Ibiza) equivalentes a las diputaciones. Los tres consejos forman el Consejo General Interinsular.
Canarias
Cada isla cuenta con un Cabildo que equivale a una diputación. Los cabildos insulares forman dos comunidades provinciales interinsulares: Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.
País Vasco
Cada una de las provincias (Álava, Gipuzkoa, Bizkaia) cuenta con una Diputación Foral y unas Juntas Generales (Parlamento provincial).
Otros Entes Locales
Además del municipio y la provincia, la ley permite la existencia de otros regímenes locales especiales, que pueden ser creados por las comunidades autónomas. Estos son:
Las Comarcas
Agrupaciones de municipios con una base histórica, geográfica y económica común, que constituyen un soporte para la prestación de determinados servicios y la gestión de intereses comunes, como por ejemplo, caminos locales, gestión de montes y promoción turística.
Las Áreas Metropolitanas
Entidades locales integradas por municipios de grandes aglomeraciones urbanas, entre cuyos núcleos de población existen vinculaciones económicas y sociales que hacen necesaria la planificación conjunta y la coordinación de determinados servicios y obras, como por ejemplo, el transporte público, los planes de urbanismo o los vertederos de basura.
Las Mancomunidades de Municipios
Asociaciones voluntarias de varios municipios para la ejecución en común de obras y servicios de competencia municipal, por ejemplo, recogida de basuras, bomberos, limpieza o traídas de agua.
Las Entidades Locales de Ámbito Inferior al Municipio
Entidades locales menores incorporadas a la órbita de un municipio para la administración descentralizada de núcleos de población separados, bajo la denominación tradicional de caseríos, aldeas, parroquias, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías y otros análogos.
Las Normas de las Entidades Locales
Las Administraciones locales (ayuntamientos y diputaciones) gozan de la potestad normativa. Esta potestad se manifiesta a través de la aprobación de ordenanzas, reglamentos y bandos. Estas disposiciones tienen rango reglamentario y están sujetas al principio de jerarquía normativa, en virtud del cual nunca podrán contravenir lo dispuesto en una norma de rango superior.
Ordenanzas
Normas aprobadas por los plenos de los ayuntamientos y diputaciones. Se distinguen:
Ordenanzas de policía y buen gobierno: Regulan las relaciones vecinales, la convivencia y las normas más elementales de comportamiento.
Ordenanzas reguladoras de un sector determinado: Como por ejemplo, suelo, edificación, actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
Ordenanzas fiscales: Para el pago de tributos locales como el IBI.
Reglamentos
Normas aprobadas por los plenos de los ayuntamientos y diputaciones para regular las relaciones internas y de funcionamiento de ambas corporaciones o para regular las relaciones con sus trabajadores.
Bandos
Disposiciones adoptadas por el alcalde para cuestiones de índole menor, como recordar fechas y lugares en los que se han de llevar a cabo determinadas actuaciones (por ejemplo, vacunaciones, empadronamiento, fiestas, etc.). También se podrán dictar bandos para hacer frente a situaciones imprevistas y excepcionales de carácter catastrófico o calamitoso.