Órganos de Gobierno y Participación en Centros Educativos: Funciones y Admisión de Alumnado
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Órganos de Gobierno y Participación en Centros Educativos
La LOMCE limitó la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, reduciendo las competencias de los órganos colegiados y transfiriendo parte de ellas a una dirección escolar sobre cuya selección adquiría un mayor grado de control la Administración educativa.
Órganos Unipersonales y Colegiados
Los órganos unipersonales de gestión y administración de los centros son aquellos representados por una sola persona:
- Director
- Jefe de estudios
- Secretario
Los órganos colegiados son los siguientes:
- Consejo escolar de centro
- Claustro de profesores
- Equipo directivo
- Equipo de ciclo
- Equipo docente
- Unidad de orientación
- Comisión de Coordinación Pedagógica
Consejo Escolar
El consejo escolar del centro es un órgano colegiado cuya composición varía según el tamaño del centro. Generalmente, está formado por:
- Director del centro
- Jefe de estudios
- Representante del ayuntamiento
- Representante de alumnos
- Representante de padres
- Representante del PAS (Personal de Administración y Servicios)
- Secretario del centro
Claustro de Profesores
El claustro es el órgano de participación de los profesores en la planificación, coordinación y decisión de los aspectos docentes que afectan al conjunto del centro. Está constituido por:
- Director
- Todos los profesores
- Administrador (sin voto)
Se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite un tercio del claustro. Será preceptiva una sesión al principio y otra al final de curso, siendo la asistencia obligatoria para todos los miembros.
Funciones del Claustro
- Formular propuestas para la elaboración del PEC (Proyecto Educativo de Centro) y la PGA (Programación General Anual).
- Aprobar y evaluar el proyecto curricular.
- Analizar y valorar la situación económica del centro, la evolución del rendimiento escolar general, los aspectos docentes del PEC y de la PGA.
- Coordinar funciones relativas a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
- Aprobar los horarios de los alumnos y profesores y las sesiones de evaluación.
Funciones de los Profesores
- La programación y la enseñanza de las áreas, materias, módulos o ámbitos curriculares que tengan encomendados.
- La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
- La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
- La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
Admisión de Alumnado en Centros Educativos
Los condicionantes para la admisión del alumnado se pueden agrupar en tres categorías:
1. Marco Legal y Administrativo
Establece los derechos, requisitos y criterios básicos o prioritarios, así como la documentación a presentar. En caso de disputa por plazas, las comisiones de escolarización supervisarán el proceso de admisiones. Generalmente, se consideran como criterios:
- Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo.
- Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales.
- Rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas.
- Discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos.
2. Distribución del Alumnado
Se refiere a la distribución del alumnado en las distintas tipologías de centros en un municipio donde existe más de un centro escolar.
3. Aspectos Psicopedagógicos
Considera las condiciones especiales de cada niño.