Órganos de Gobierno y Participación en Centros Educativos: Funciones y Admisión de Alumnado

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Órganos de Gobierno y Participación en Centros Educativos

La LOMCE limitó la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, reduciendo las competencias de los órganos colegiados y transfiriendo parte de ellas a una dirección escolar sobre cuya selección adquiría un mayor grado de control la Administración educativa.

Órganos Unipersonales y Colegiados

Los órganos unipersonales de gestión y administración de los centros son aquellos representados por una sola persona:

  • Director
  • Jefe de estudios
  • Secretario

Los órganos colegiados son los siguientes:

  • Consejo escolar de centro
  • Claustro de profesores
  • Equipo directivo
  • Equipo de ciclo
  • Equipo docente
  • Unidad de orientación
  • Comisión de Coordinación Pedagógica

Consejo Escolar

El consejo escolar del centro es un órgano colegiado cuya composición varía según el tamaño del centro. Generalmente, está formado por:

  • Director del centro
  • Jefe de estudios
  • Representante del ayuntamiento
  • Representante de alumnos
  • Representante de padres
  • Representante del PAS (Personal de Administración y Servicios)
  • Secretario del centro

Claustro de Profesores

El claustro es el órgano de participación de los profesores en la planificación, coordinación y decisión de los aspectos docentes que afectan al conjunto del centro. Está constituido por:

  • Director
  • Todos los profesores
  • Administrador (sin voto)

Se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite un tercio del claustro. Será preceptiva una sesión al principio y otra al final de curso, siendo la asistencia obligatoria para todos los miembros.

Funciones del Claustro

  • Formular propuestas para la elaboración del PEC (Proyecto Educativo de Centro) y la PGA (Programación General Anual).
  • Aprobar y evaluar el proyecto curricular.
  • Analizar y valorar la situación económica del centro, la evolución del rendimiento escolar general, los aspectos docentes del PEC y de la PGA.
  • Coordinar funciones relativas a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  • Aprobar los horarios de los alumnos y profesores y las sesiones de evaluación.

Funciones de los Profesores

  • La programación y la enseñanza de las áreas, materias, módulos o ámbitos curriculares que tengan encomendados.
  • La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
  • La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
  • La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

Admisión de Alumnado en Centros Educativos

Los condicionantes para la admisión del alumnado se pueden agrupar en tres categorías:

1. Marco Legal y Administrativo

Establece los derechos, requisitos y criterios básicos o prioritarios, así como la documentación a presentar. En caso de disputa por plazas, las comisiones de escolarización supervisarán el proceso de admisiones. Generalmente, se consideran como criterios:

  • Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo.
  • Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales.
  • Rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas.
  • Discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos.

2. Distribución del Alumnado

Se refiere a la distribución del alumnado en las distintas tipologías de centros en un municipio donde existe más de un centro escolar.

3. Aspectos Psicopedagógicos

Considera las condiciones especiales de cada niño.

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