Origen del Estado Moderno y el Derecho Altomedieval en España
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Nación y Estado en la Edad Moderna
Este periodo se inicia en el siglo XV y perdura aproximadamente hasta finales del siglo XVIII, cuando el estallido de la Revolución Francesa supone el nacimiento de otra etapa: la Edad Contemporánea. Van a surgir nuevos conceptos y términos desconocidos hasta entonces, pero que permitirán crear la nueva concepción política y jurídica del Antiguo Régimen.
En España, también se van a acoger estas nuevas ideas en un contexto determinado: en la península, la Edad Moderna nace con los Reyes Católicos. Sea como fuere, la Edad Moderna trae consigo conceptos novedosos:
- El concepto de Estado: Nace como una construcción jurídica y política de la monarquía.
- El concepto de soberanía: Introducido por Jean Bodin. Este concepto se puede definir como aquel poder absoluto y perpetuo, libre de cargas, que no tiene límite en lo temporal.
- Poder absoluto: Significa que no admite mediatización alguna.
- Poder perpetuo: Significa que siempre le corresponde al rey; solo puede predicarse de su persona, ya que si enajena su soberanía, deja de ser soberano.
Hay que resaltar aquella soberanía que se identifica con la facultad de dar leyes a todos en general y a cada uno en particular, sin consentimiento de nadie. Pues es un poder absoluto; por lo tanto, si se viera limitado por la ley, dejaría de ser absoluto. Nadie limita su soberanía y, por consiguiente, nadie limita su capacidad de crear el derecho.
En este sentido, el instrumento jurídico por excelencia utilizado por el rey es la pragmática: una norma jurídica general de obligatorio cumplimiento.
El Derecho Altomedieval
La invasión musulmana entre los años 711 y 716 comportó la desaparición de la estructura política del reino de Toledo, abriéndose en el siglo VIII un nuevo periodo llamado Alta Edad Media (siglo VIII - finales del siglo XIII). Los musulmanes permitieron que los cristianos mantuviesen su propia religión y derecho, es decir, con el Liber Iudiciorum. La península estaba ocupada por bereberes, árabes y cristianos.
Cuando hablamos de la Alta Edad Media (AEM), hacemos referencia a la Res Publica Christiana (existe una fusión o confusión entre el poder político y el poder de la Iglesia). En la AEM, el bautismo suponía entrar a formar parte tanto de la sociedad cristiana como de la sociedad política.
Características del Derecho Altomedieval:
- Origen divino: El Derecho altomedieval se considera de origen divino (lo que supone un alejamiento del Derecho visigodo). El hombre altomedieval no crea el derecho, sino que debe identificarlo y descubrirlo.
- Bueno y antiguo: El Derecho altomedieval se caracteriza por ser considerado intrínsecamente bueno y antiguo. Cuanto más antiguo, mayor se considera su vinculación con el momento originario de la creación divina y, por tanto, más legítimo.