El papel de Juan Carlos I y el proceso constitucional de 1978 en España

Clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 2,81 KB

El papel desempeñado por el rey durante la Transición

El rey Juan Carlos I heredó de Franco todos los poderes que el «Caudillo» detentaba y podía haber optado por continuar con la dictadura personal. No obstante, el monarca se desprendió de buena parte de sus prerrogativas, aunque conservó dos altas magistraturas: la Jefatura del Estado y la de las Fuerzas Armadas. Posiblemente, el rey Juan Carlos no deseaba continuar con un régimen dictatorial al precio de seguir siendo un país diferente en lo político y, por ello, «aislado», sin integrarse adecuadamente en Europa Occidental.

En primer lugar, y no sin dificultades, el rey optó por figuras aperturistas para conducir a España hacia la democracia: Torcuato Fernández-Miranda y Adolfo Suárez. Estos lograron implantar progresivamente la democracia en España mediante tres hitos fundamentales:

  • La derogación del régimen anterior.
  • La celebración de elecciones libres.
  • La elaboración y aprobación, mediante referéndum, de la Constitución de 1978.

Con ello, se alcanzó la normalidad democrática. Asimismo, resultó decisivo su papel como jefe de las Fuerzas Armadas, cargo que, a juicio de algunos sectores, debería haber correspondido al ministro del Ejército.

El proceso de elaboración y aprobación de la Constitución de 1978

La Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso fue la encargada de elaborar una constitución consensuada por siete ponentes, pertenecientes a los principales grupos parlamentarios: tres de la UCD, y uno por cada uno de los siguientes partidos: PSOE, AP, PCE y Minoría Catalana.

El Congreso y el Senado aprobaron el texto constitucional en octubre de 1978 en una sesión conjunta. Posteriormente, el 6 de diciembre de 1978, la Constitución se sometió a referéndum: votó el 67 % del electorado y fue aprobada por el 87 % de los votantes.

Características esenciales de la Carta Magna

La Carta Magna recoge en sus 169 artículos las características esenciales de las democracias occidentales. Los puntos clave del Título Preliminar son:

  • Estado democrático de Derecho: Define la naturaleza jurídica del país.
  • Monarquía parlamentaria: Establece la forma política del Estado.
  • Unidad y autonomía: Se fundamenta en la «indisoluble unidad de la Nación española», reconociendo a su vez el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.
  • Separación de poderes: Establece la independencia de los tres poderes fundamentales del Estado.
  • Garantía de derechos: Protege los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo su articulado.

Entradas relacionadas: