Parentesco y Filiación: Normativa Legal
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Medición del parentesco
●Líneas:
- rectas
- colateral
Grados: son las distancias entre los parientes
Línea recta: Son aquellos parientes que descienden unos de otros.
Línea colateral: Son aquellos parientes, que sin ascender unos de otros proceden de un tronco común.
Los hermanos son parientes en línea recta consanguíneos colateral de 2 grado
sob son 3 grado primos 4 grado
Filiación
Parentesco en línea recta de primer grado relación padres e hijos
●Biológico: procreación
●Jurídico: marco legal
Distintos tipos de filiación: antes cada tipo tenía diferentes derechos, ahora es más igual. Al día de hoy existe un marco de normas que regula a cada tipo:
a) Legítima: hijo del matrimonio, se denomina filiación matrimonial (c.n.a)
b) Natural: hijos fuera del matrimonio actualmente se denomina filiación extramatrimonial.
-requiere el acto de reconocimiento es un derecho y deber a)forzoso b)voluntario
es una sentencia por un juicio de investigación (obligaciones)
c) Civil: proceso de adopción (18590) ley que regula el proceso de adopción.
LEGITIMA
Presunciones: relativas que admiten pruebas en contrario
Existen 5:
- los legitimados por subsiguiente matrimonio(tuve al hijo primero y después me case)
- los hijos nacidos dentro del matrimonio después de los 180 días de contraído este y dentro de los 300 días siguientes a la disolución
- cuando el hijo nace dentro de los 180 días y el padre conoce y acepta la situación se entiende que es un hijo dentro del matrimonio
- cuando los padres viven como esposos de “consuno”, se entiende que el hijo es hijo del matrimonio
- cuando es una pareja homosexual y utilizan a un tercero concibiente y se hace por escrito se considera también hijo del matrimonio
EXTRAMATRIMONIAL:
Requiere el conocimiento
-voluntario: inscripción (tiene derechos y obligaciones) permite la patria potestad
-forzoso: es una sentencia por un juicio de investigación (obligaciones) no derechos
Antes: adopción simple, no tienen el apellido y el trámite es más simple
Ahora: adopción plena
Filiación adoptiva: marco normativo
ADOPCIÓN:
-INAU órgano del estado que evalúa las condiciones que las personas que se presentan para adoptar a) condiciones personales b) convivencia
Que los niños y adolescentes estén por disposición judicial tenencia en el INAU
- ADOPCIÓN SIMPLE
- ADOPCIÓN CONJUNTA -en matrimonio
CONDICIONES PARA ADOPTANTES
- 25 años de edad y 15 años de diferencia de edad con el menor
- deben expresar su consentimiento
- tenencia provisoria de 1 año del menor (luego es irrevocable)
- no importa el estado civil
- puede adoptar el nuevo cónyuge o concubino al hijo natural reconocido del otro cónyuge o concubino de quien es hijo
- Puede adoptar un matrimonio con el consentimiento del cónyuge
- El tutor podría adoptar a quien está bajo su tutela, si antes logra la aprobación judicial de las cuentas del ejercicio de su función
Patria Potestad
Es el conjunto de derechos y obligaciones que la ley impone y concede a los padres sobre la persona y los bienes de los hijos menores de edad siempre que no se hayan casado.
Características
Tiene un doble contenido (personal, patrimonial). Es temporal (termina por la muerte de los padres, por la mayoría de edad, o con el matrimonio de los hijos).
Matrimonio
“Acto civil, consensual y solemne mediante el cual dos personas establecen entre ellas una unión regulada por la ley”. Obligatorio el matrimonio civil antes del religioso.
Las personas son libres de elegir si casarse. El solemne porque tiene diferentes formalidades. . Frente a un público, en una oficina del registro del estado civil. Deben llevar testigos. Deben tomar declaración de voluntad.
Dos personas de igual o diferente sexo. Con cierta estabilidad y permanencia. De acuerdo a la ley.