Las Siete Partidas: El Código Legal que Marcó la Historia de España

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Las Siete Partidas

Partidas, la obra más importante e influyente en el derecho español, es conocida como el código de las Siete Partidas. Esta extensa obra, iniciada entre 1256 y 1265, fue elaborada por un congreso de juristas por orden del rey.

Contenido

Se divide en siete partidas, que a su vez se dividen en 182 títulos y 2683 leyes. El prólogo explica la motivación detrás de la creación de las Partidas y la situación legal de la época que la hizo necesaria.

Estructura

  • Libro I: Derecho eclesiástico de materia canónica, que trata sobre las facultades de los clérigos, sus bienes jurídicos, la herencia de los clérigos, etc.
  • Libro II: Derecho público. Regula la figura del rey, sus facultades y competencias, como la facultad de declarar la guerra.
  • Libro III: Derecho procesal y organización judicial. Aborda temas relacionados con jueces, abogados, etc.
  • Libro IV: Derecho de familia. Se centra en las relaciones paternofiliales.
  • Libro V: Obligaciones y contratos, como el de compraventa.
  • Libro VI: Derecho de sucesiones. Trata sobre el testamento, la sucesión testada e intestada.
  • Libro VII: Derecho penal. Aborda delitos como la sodomía, la violación, etc., y sus respectivas penas.

Las Partidas, a pesar de ser un texto complejo elaborado en el siglo XIII, no entró en vigor hasta el siglo XIV. A partir de ese momento, se convirtió en derecho supletorio del Ordenamiento de Alcalá y de los fueros municipales. Se aplicó en otros reinos hispánicos como Aragón, Portugal, las Indias e incluso en algunos estados europeos. Por ello, las Partidas se tradujeron a distintos idiomas como el inglés, catalán, gallego, etc.

Ediciones

Esta obra se editó en tres ocasiones:

  • Alfonso Díaz de Montalvo, en 1491.
  • Gregorio López y sus famosos comentarios a las Partidas, en 1555.
  • Real Academia, en 1807.

Las Partidas es una de las pocas obras de la historia de España que ha estado en vigor durante tanto tiempo, desde el siglo XIV hasta finales del siglo XIX.

Las Capitulaciones de Santa Fe y el Descubrimiento de América

Con las capitulaciones de Santa Fe de 1492, firmadas entre los Reyes Católicos y Cristóbal Colón, este último se convirtió en gobernador, almirante y virrey de todas las tierras descubiertas. Estas capitulaciones son un acto de concesión administrativa en virtud del cual los monarcas otorgan al peticionario (Colón) una serie de derechos y obligaciones (evangelizar a la población indígena a cambio del diezmo).

En 1493, cuando Cristóbal Colón regresó a Castilla, habló con el rey de Portugal, Juan II, quien le dijo que los territorios descubiertos pertenecían a Portugal debido al Tratado de Alcaçovas, que establecía que todas las tierras situadas en el paralelo a las Canarias eran para ellos.

En la Edad Media, el Papa tenía la facultad de otorgar territorios a los monarcas cristianos que conquistaban territorios de los infieles. De hecho, en la segunda partida, título primero, ley 9, se hace referencia a que el rey está facultado para adquirir tierras por otorgamiento del Papa.

Cuando los Reyes Católicos se enteraron de que Juan II quería reclamar las tierras descubiertas, acudieron al Papa Alejandro VI (Rodrigo Borgia), nieto de Calixto III (anterior Papa, que compró su nombramiento), para reclamar los territorios conquistados por Colón. La respuesta del Papa fue concederles las llamadas bulas (5 bulas) en 1493.

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