Perspectivas Históricas sobre Derecho y Sociedad: Maine, Rousseau y Filmer

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H. Maine: Ancient Law (1861)

Vivió algún tiempo en Calcuta y se inició en la crítica historicista del derecho natural, comparando el derecho indio con el británico.

El Derecho Natural y el Contrato Social

Para la filosofía política clásica, el poder civil se basa más en Dios que en las convenciones sociales (providencialismo). Posteriormente, Rousseau, en Del contrato social o principios del derecho político (1762) y en el primer discurso a la Academia de Dijon, traza dos estadios básicos de la humanidad:

  • El estado de naturaleza
  • El estado civil que emana del contrato

En El contrato social (que aunque apareció después del Discurso sobre el origen de las desigualdades fue escrito antes), Rousseau expone la noción de convenio o acuerdo concertado entre los miembros de la colectividad, cuya finalidad es aunar voluntades para el mayor bien del hombre y su conservación. Lo que el hombre pierde con el convenio en cuanto a su libertad, lo ve compensado con la protección que recibe del establecimiento de las leyes protectoras ("estado civil").

Crítica de Maine al Derecho Natural Ilustrado

Para los ilustrados, el derecho natural es aquel que deriva de las instituciones romanas, y lo consideran derecho fundante para oponerlo al derecho eclesiástico y al providencialismo. Maine creía que esto era un error, pues es la familia el centro de la sociedad, lo que le lleva a conectar con el pensamiento conservador de finales del siglo XVII y XVIII, que para combatir la extensión del derecho natural, apuestan por una interpretación providencialista y paternalista de la política y de la sociedad (Filmer).

Estudio Histórico de la Igualdad

Estudia la igualdad desde un punto de vista histórico, diferenciando el sentido griego, el romano y el británico.

Sociedades Arcaicas vs. Modernas

Para explicar la interacción entre derecho y costumbre, considera dos tipos de sociedades:

  • La arcaica (societas): El principio organizador de las relaciones sociales es el parentesco.
  • Las modernas (civitas): Los individuos están ligados por contratos de interés mutuo.

Las Comunidades Rurales Indias y la Crítica de Dumont

En la India colonizada, considera a la comunidad rural como modelo de pequeñas repúblicas al estilo de la antigua comunidad inglesa, descrito en Village-community in the East and West (1871) (Comunidades rurales del este y del oeste). Dumont valora su trabajo de campo pero le critica que no tiene en cuenta el sistema de castas, ni la relación con el poder colonizador. Su gran equívoco fue confundir la sociedad de castas con una sociedad igualitaria.

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