Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 2,79 KB

Identificación de la Empresa

Estructura Organizativa de la Empresa

Organización de la Producción

Organización de la Prevención en la Empresa

Política, Objetivos y Metas en la Materia Preventiva

Evaluación de Riesgos

La evaluación de riesgos es el proceso que se inicia con la identificación de los riesgos y la valoración de la magnitud de los que no han podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario adopte las medidas preventivas oportunas y priorice su puesta en marcha.

Pasos para la Evaluación de Riesgos:
  • 1. Análisis del riesgo a través de un check-list
  • 2. Estimación del riesgo
  • 3. Valoración del riesgo
  • 4. Priorización de la actuación

Seguimiento del Plan de Prevención

El plan de prevención de riesgos laborales debe ser sometido a un seguimiento, control y evaluación periódica para constatar la disminución de la exposición a los riesgos, así como la mejora del estado de salud de los trabajadores expuestos. En caso contrario, se deben corregir los planes de actuación.

Principios de la Acción Preventiva

  • Evitar
  • Evaluar
  • Combatir
  • Adaptar el trabajo
  • Tener en cuenta la evolución de la técnica
  • Sustituir
  • Planificar
  • Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual
  • Instruir

Modalidades de Organizar la Prevención

  • El propio empresario
  • Trabajadores designados
  • Servicio de prevención propio
  • Servicio de prevención ajeno
  • Servicio de prevención mancomunado

Asunción Personal por el Empresario

  • Las empresas que tengan menos de 10 trabajadores
  • Las actividades desarrolladas presenten una baja peligrosidad
  • El empresario realice de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo
  • Posea la capacidad formativa adecuada a las actividades que va a desarrollar

Designación de Trabajadores

  • Estar en posesión de un curso de nivel básico, intermedio y alto en PRL
  • La empresa no está obligada a crear un servicio de prevención propio
  • El empresario no ha asumido personalmente la actividad preventiva

Servicio de Prevención Propio

  • Empresas que cuenten con más de 500 trabajadores
  • Empresas que ocupen entre 250 y 500 trabajadores y desarrollen actividades de especial peligrosidad
  • Cuando la autoridad laboral lo decida en función de la peligrosidad de la actividad desarrollada o de la frecuencia o gravedad de la siniestralidad en la empresa, salvo que se opte por el concierto con una entidad especializada ajena a la empresa

Entradas relacionadas: