Poderes del Estado en Chile: Ejecutivo, Legislativo y Judicial

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Poderes del Estado en Chile

Poder Ejecutivo

Presidente de la República y Ministros de Estado:

  • Requisitos: Nacido en Chile, 35 años de edad, ser ciudadano con derecho a sufragio.
  • Atribuciones: Convocar plebiscitos, nombrar y remover ministros de Estado, concurrir a la formación de leyes, proponerlas y sancionarlas; dictar normas para implementar leyes, conceder pensiones.

Poder Legislativo

Congreso Nacional (Senado y Cámara de Diputados):

  • Senado (38 miembros):
    • Requisitos: Ser ciudadano con derecho a sufragio, 35 años de edad, enseñanza media.
    • Atribuciones: Conocer de las acusaciones constitucionales que entable la Cámara de Diputados; conocer de las contiendas entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia; otorgar la rehabilitación de la ciudadanía; prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República; aprobar los nombramientos que el Presidente de la República proponga.
  • Cámara de Diputados (120 miembros):
    • Requisitos: Ser ciudadano con derecho a sufragio, 21 años de edad, enseñanza media, tener residencia en la región a que pertenece el distrito electoral correspondiente.
    • Atribuciones: Fiscalizar los actos del gobierno, iniciar las acusaciones constitucionales contra el Presidente, ministros, ministros de Tribunales Superiores de Justicia, generales, almirantes, intendentes y gobernadores. La ley de Presupuestos y toda legislación relativa a tributos y reclutamiento debe discutirse primero aquí.

Poder Judicial

Administración de Justicia:

  • Función: Administrar la justicia y aplicar las leyes, resolver los conflictos legales. La independencia del poder judicial constituye un requisito para mantener la igualdad ante la ley y resguardar los derechos de las personas.
  • Estructura: Corte Suprema (21 ministros con jurisdicción en todo el territorio), Cortes de Apelaciones, Tribunales de Primera Instancia (Letras, Familia).
  • Principios:
    • Independencia: Solo los tribunales pueden administrar justicia.
    • Legalidad: Deben actuar conforme al marco jurídico vigente.
    • Inamovilidad: Los jueces no pueden ser removidos de sus cargos, salvo en casos que la ley lo indique.
    • Inexcusabilidad: Deben ejercer sus atribuciones cada vez que se solicite.
    • Responsabilidad: Los magistrados son responsables de sus actos.

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