Los Tres Poderes del Estado en Uruguay: Ejecutivo, Legislativo y Judicial
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Ministerios
Los ministerios son creados por ley, a iniciativa del Poder Ejecutivo. La estructura ministerial es la siguiente:
- Ministerio de Defensa Nacional
- Ministerio de Desarrollo Social
- Ministerio de Economía y Finanzas
- Ministerio de Educación y Cultura
- Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
- Ministerio de Industria, Energía y Minería
- Ministerio del Interior
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de Salud Pública
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Ministerio de Transporte y Obras Públicas
- Ministerio de Turismo
- Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
Atribuciones del Poder Legislativo
Funciones de control
El Poder Legislativo ejerce diversas funciones de control sobre otros poderes del Estado:
Pedido de informes
Es el derecho de los legisladores a solicitar por escrito información sobre su labor a los ministros de Estado, la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal de Cuentas, la Corte Electoral o el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Llamado a sala
Es la facultad de los legisladores de convocar a sala a los ministros de Estado para proporcionar o recibir información. Para efectuar el llamado, se necesita la voluntad de un tercio de los miembros de la cámara correspondiente.
Comisiones investigadoras
Se designan comisiones parlamentarias para investigar asuntos de interés público o relacionados con la legislación.
Poder Judicial
Órganos del Poder Judicial
Suprema Corte de Justicia
- Duración en el cargo: 10 años, con posibilidad de reelección.
- Requisitos:
- Edad mínima: 40 años.
- Residencia en el país: 25 años.
- Ciudadanía: natural, o legal con 10 años de ejercicio.
- Elección: Se requiere el voto de 2/3 del total de componentes de la Asamblea General.
Funciones principales:
- Juzgar las infracciones a la Constitución.
- Interpretar la Constitución.
- Declarar la inconstitucionalidad de las leyes.
- Nombrar a los demás integrantes del Poder Judicial.
Tribunales de Apelaciones
- Composición: 3 miembros.
- Requisitos:
- Edad mínima: 35 años.
- Ciudadanía: natural, o legal con 7 años de ejercicio.
- Profesión: abogado con 8 años de antigüedad.
- Designación: Realizada por la Suprema Corte de Justicia.
- Función: Revisar y dictar sentencias sobre fallos emitidos en primera instancia por los juzgados.
Juzgados Letrados
- Requisitos:
- Edad mínima: 28 años.
- Ciudadanía: natural, o legal con 4 años de ejercicio.
- Profesión: abogado con 4 años de antigüedad.
- Designación: Realizada por la Suprema Corte de Justicia.
Juzgados de Paz
- Requisitos:
- Edad mínima: 25 años.
- Profesión: abogado (en Montevideo) o escribano (en el interior).
- Duración en el cargo: 4 años, con opción de remoción.
Poder Ejecutivo
Órganos y funciones
Presidente de la República
- Duración del mandato: 5 años. Asume el cargo el 1 de marzo.
- Requisitos: 35 años de edad.
Funciones principales:
- Representar al Estado en el ámbito nacional e internacional.
- Designar a los ministros de Estado.
- Designar al director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP).
- Observar el voto de censura a los ministros.
- Disolver las cámaras en caso de censura parlamentaria.
Ministros de Estado
- Designación: Por el Presidente de la República.
- Requisitos:
- Edad mínima: 30 años.
- Ciudadanía: natural, o legal con 7 años de ejercicio.
Consejo de Ministros
Es la reunión de los ministros, convocada por el Presidente de la República cuando lo considere necesario.
Funciones del Poder Ejecutivo (ejercidas a través del Presidente y los Ministros):
- Conservación del orden y la tranquilidad interior.
- Seguridad exterior.
- Mando superior de todas las Fuerzas Armadas.
- Vetar leyes aprobadas por el Poder Legislativo.
- Publicar, cumplir y reglamentar las leyes.
- Proponer proyectos de ley con declaración de urgente consideración.
- Destituir a los empleados públicos por ineptitud, omisión o delito.
- Tomar medidas prontas de seguridad en casos graves e imprevistos.
- Recaudar las rentas del Estado.