Política Arancelaria: Contingentes, Suspensiones y Límites Máximos

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,15 KB

Los derechos de normal aplicación que se aplican a terceros países están recogidos en el Reglamento (CE) nº 1214/2007 por el que se constituye la nomenclatura combinada, y pueden ser reducidos hasta la exención absoluta.

Para poder beneficiarse de reducciones arancelarias y sustituir un derecho normal por otro inferior, será necesario cumplir una serie de requisitos.

Requisitos para Reducciones Arancelarias

Los requisitos serían los siguientes:

Contingentes Arancelarios

Consiste en establecer un límite de cantidad de producto libre de aranceles por un determinado periodo de tiempo.

Cuando este periodo termina, se vuelve al arancel normal.

Para solicitar estos beneficios, marcaremos en la casilla 36 y la casilla 39 del DUA.

Suspensión Arancelaria

Consiste en NO APLICAR O REDUCIR durante un periodo de tiempo determinado unos derechos a ciertos productos importados.

En las suspensiones arancelarias no existe límite máximo en la cantidad de mercancía que puede beneficiarse de esta ventaja.

Suelen ser concedidas a nivel general para todos los países terceros.

Se solicita marcando la casilla 36 de preferencia arancelaria del DUA.

Límites Máximos o Plafond

La Comisión establece un reglamento por el cual durante un periodo de tiempo o unas cantidades de mercancías determinadas pueden entrar en el espacio comunitario con derechos reducidos o nulos.

Cuando se termina el límite máximo establecido, no se elimina el tipo preferencial, sino que se debe aprobar otro reglamento para establecer los derechos de normal aplicación.

Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) - Régimen General

  • Vigente desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2023.

  • Queda establecido en el Reglamento CE 978/2012.

  • La Unión Europea ha establecido el SPG con 89 países en vía de desarrollo.

  • Cobro de aranceles más bajos a las importaciones de estos países de forma unilateral.

  • Este beneficio se aplica casi al 10% de las importaciones realizadas a nuestro país.

  • Para justificar el origen de las mercancías se recurrirá al documento FORM A y los beneficios se solicitarán en el DUA en las casillas 36 y 44.

  • Su validez tiene un plazo máximo de diez meses contados a partir de la fecha de expedición.

El cambio más significativo es la exclusión a los países que estén clasificados por el Banco Mundial como país de renta media o alta durante 3 años consecutivos.

En este grupo entrarían países como Argentina, Brasil, Rusia y seguramente también China.

El SPG son medidas arancelarias preferenciales aplicadas por la Comunidad en beneficio de ciertos países en desarrollo.

Régimen ESPECIAL SPG para los países menos desarrollados (PMD) > SPG (TMA) “Todo Menos Armas”

  • Régimen aplicado a los países menos desarrollados según las Naciones Unidas.

  • Suspensión total de derechos para estos países excepto para las armas y municiones, plátanos frescos, azúcar blanco….

Entradas relacionadas: