Posibilidades de Actuación del Juez ante la Inconstitucionalidad de una Sanción
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Introducción
El artículo 36.4 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, contempla como infracción grave los actos de obstrucción que pretendan impedir el ejercicio legítimo de funciones de autoridades o corporaciones oficiales. En aplicación de esta disposición, un grupo de activistas contra los desahucios fue condenado a pagar una sanción de 20.000 euros.
Planteamiento de la Cuestión de Inconstitucionalidad
Ante la sanción impuesta, los ciudadanos alegaron la inconstitucionalidad del precepto legal, al considerarlo contrario a las libertades ideológica, de expresión y de reunión y manifestación. En este caso, el juez tiene la posibilidad de proponer una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Requisitos para Proponer la Cuestión de Inconstitucionalidad
Para proponer una cuestión de inconstitucionalidad, el juez debe cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos Generales
* La duda razonable sobre la constitucionalidad debe surgir durante el procedimiento judicial. * La cuestión debe plantearse una vez concluido el procedimiento y dentro del término para dictar sentencia. * Se debe dar audiencia a las partes del proceso y al Ministerio Fiscal. * El juez debe exteriorizar el juicio de aplicabilidad y el de relevancia.
Requisitos Específicos
* El objeto de la cuestión debe ser una ley o disposición normativa con fuerza de ley. * El Tribunal Constitucional puede rechazar la cuestión si falten las condiciones procesales o sea notoriamente infundada. * La admisión a trámite de la cuestión debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado. * Se da traslado de la cuestión al Congreso de los Diputados, al Senado, al Fiscal General del Estado, al Gobierno y, en caso de afectar a una ley autonómica, a sus órganos ejecutivo y legislativo. * Las sentencias del Tribunal Constitucional tienen valor de cosa juzgada y vinculan a todos los poderes públicos.
Conclusión
En el caso concreto, si el juez considera que la sanción impuesta es inconstitucional, puede proponer una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. El cumplimiento de los requisitos establecidos es esencial para que la cuestión sea admitida a trámite y pueda ser resuelta por el Tribunal Constitucional.