Positivismo de Comte: Características, Leyes y Distinción entre Derecho y Moral
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Características del Positivismo según A. Comte
En el siglo XIX, durante un periodo de decadencia de la filosofía, Auguste Comte propuso la sublimación de la ciencia positiva a través del método positivista. Este enfoque implica una renuncia a lo absoluto, centrándose en los fenómenos naturales mediante un proceder experimental estricto.
Positivismo Jurídico
El positivismo jurídico se presenta como una faceta de la vida social, donde las leyes jurídicas se consideran parte de las leyes sociales. Lo absoluto queda fuera del alcance de la inteligencia humana. El positivismo de Comte elevó la sociología a la cima de la escala de las ciencias. En 1844, se publicó su obra clave: “Discurso sobre el espíritu positivo”.
La teoría de Comte se divide en dos partes principales:
- Negación de la metafísica: Comte rechaza la metafísica como ciencia de las causas primeras, considerándola quimérica.
- El método: Se basa en observar, analizar, clasificar, reconocer y fijar por inducción las leyes que explican los fenómenos sensibles.
La segunda parte se resume en dos tesis fundamentales:
- Ley de los Tres Estados (Expuesta en "Discurso sobre el espíritu positivo"):
- Estado Teológico: Preocupación por cuestiones fundamentales.
- Estado Metafísico-Abstracto: Intenta explicar la naturaleza de los seres y su destino, reemplazando agentes sobrenaturales por entidades personificadas. Comte afirma: "La metafísica no es más que la teología elevada en busca de mejor alimento".
- Estado Positivo-Racional: La inteligencia se emancipa, renunciando al conocimiento de lo absoluto.
Regla fundamental: Cualquier proposición que no pueda reducirse a un hecho carece de sentido real o inteligible.
Ley de Fijación entre las Ciencias:Las ciencias se ordenan de la siguiente manera: matemáticas, astronomía, física, química, biología y, finalmente, la sociología, considerada la más perfecta, ya que su existencia presupone y exige la de las demás.
Distinción entre Derecho y Moral
La distinción entre derecho y moral ha sido un tema recurrente en la historia del pensamiento. En la antigüedad clásica, Platón y Aristóteles ya presentaban una interconexión entre lo ético y lo jurídico. En la filosofía jurídica romana, destaca la tría iuris praecepta (honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere). Paulo proporcionó una distinción no sistematizada entre Honestum e ilícito.
La distinción clara entre derecho y moral surge con el racionalismo iusnaturalista protestante, que enfatizó la fe y la ley moral individual.
- Hugo Grocio: En "De iure belli ac pacis", desvincula el derecho natural de Dios, distinguiendo entre un derecho perfecto (el que es) y uno imperfecto (ley moral).
- Puffendorf: En "De iure naturae et gentium", desarrolla la teoría de Grocio, admitiendo un fuero interno (regulado por la moral) y uno externo (regulado por el derecho).
- Tomasio: En "Fundamenta iuris naturae et gentium", introduce los conceptos de Iustum (derecho), Decorum (usos sociales) y Honestum (moral).
Finalmente, llegamos al pensamiento kantiano. En su "Metafísica de las costumbres", Kant aborda los deberes jurídicos. Distingue entre legislación:
- Interna: Basada en el imperativo categórico, derivado de la propia razón.
- Externa: Decisión de la autoridad, implicando un poder absoluto.
- Moral: Convierte una acción en un deber.
- Jurídica: Permite otro motivo además del deber mismo.
Kant introduce el concepto de moralidad de coacción, refiriéndose a la ética de la razón práctica en conformidad con la razón. Distingue entre ley ilegal y legal.