Positivismo Criminológico: Orígenes, Características y Diferencias con la Escuela Clásica
Clasificado en Filosofía y ética
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1. La Criminología como Disciplina Empírica: El Positivismo Criminológico y la “Lucha de Escuelas”
La característica diferencial esencial del positivismo criminológico reside en el método positivo, empírico, que trata de someter constantemente la imaginación a la observación y los fenómenos sociales a las leyes de la naturaleza. La función legitimadora que asume el positivismo explicaría su teoría de la pena, en la que se concede prioridad a la protección eficaz del orden social, frente al planteamiento ilustrado, más centrado en metas retribucionistas, disuasorias o de reforma del delincuente. Surge así la defensa del rigor de la pena de muerte, evocándose incluso la ley de la “selección natural de las especies” para justificarla. Se parte del principio de diversidad del hombre delincuente, considerando al criminal cualitativamente como un individuo patológico, distinto del ciudadano “normal”.
Tres Frentes de Debate Doctrinal
1. Lucha de Escuelas
El primer frente de discusión lo constituiría la diferencia de postulados con la Escuela Clásica, que trataba de contemplar el crimen con un método abstracto, formal y deductivo, frente al lema positivista “abajo el silogismo”.
2. Diferentes Direcciones en la Escuela Positivista
Existen diferencias entre quienes explican el delito como producto de una predisposición biológica del individuo (dirección antropobiológica) y quienes valoran la incidencia etiológica de los valores sociales (dirección sociológica).
3. Escuelas no Positivistas
El último frente de debate surge con las escuelas no positivistas, como la Escuela de Lyon.
Las Principales Diferencias entre la Escuela Positivista y la Escuela Clásica
Distinto Enfoque en el Estudio de la Criminalidad
Mientras que para la Escuela Clásica el delito es solo un ente jurídico abstracto, para el positivismo criminológico el delito es un hecho real, natural, empírico, histórico y concreto.
Distinta Concepción del Delito
La Escuela Clásica acataba la definición legal de delito, mientras que los positivistas entienden que la esencia del crimen no se agotaría en la violación de la norma jurídica, sino que hay que elaborar un concepto natural de delito, de base sociológica, como sinónimo de comportamiento antisocial. La lucha contra el delito es, para el positivismo, la lucha contra las causas del delito. No obstante, el positivismo criminológico profesa una concepción clasista y discriminatoria del orden social, de acuerdo con el mito de la “diversidad” del delincuente.
Estudio de la Figura del Delincuente
Los clásicos se basan en el binomio delito-pena, mientras que los positivistas mantienen que no existe el delito, sino el delincuente. El estudio del delincuente positivista es, esencialmente, tipológico, dando lugar a clasificaciones, de tal manera que para la escuela positiva no se castiga el hecho, el delito, sino al autor. El criterio de la medida del castigo lo da la peligrosidad del delincuente, no la gravedad objetiva de la conducta, que tiene mero valor indiciario.
Posición Determinista
La Escuela Clásica afirma el libre albedrío del hombre, mientras que el positivismo es determinista: la libertad humana es una ilusión subjetiva. El hecho de vivir en sociedad sería lo que fundamenta la responsabilidad criminal de quien infringe las leyes (principio de responsabilidad social).
Defensa de la Prevención Especial
El positivismo antepone la eficaz defensa de la sociedad al garantismo individualista, con lo que se desconfía de la eficacia de la prevención general y se aspira fundamentalmente a una adecuada prevención especial, procurando que el ciudadano no reincida, a través de un sistema de medidas y tratamientos de readaptación según las características de cada delincuente concreto.