El Positivismo Jurídico Formalista y la Separación entre Derecho y Moral
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El Positivismo Jurídico Formalista: La Separación entre Derecho y Moral
Se ha señalado que la concepción moderna del trabajo conduce a convertir al trabajador en un técnico al servicio de fines muy concretos: la eficacia y la producción. El parámetro fundamental de valoración de la labor profesional será, por lo tanto, su dimensión externa, su resultado. Para este modelo, el mejor profesional es aquel que es capaz de conseguir el mayor rendimiento y productividad.
Se trata de considerar hasta qué punto esta concepción ha incidido en el modo actual de entender la actividad del jurista. De acuerdo con la visión moderna del trabajo, el jurista, como cualquier otro profesional, queda convertido en un técnico que trabaja con una herramienta, en este caso, el Derecho. La labor del jurista consiste básicamente en conocer y describir a la perfección el Derecho positivo vigente, ya que su trabajo se desarrolla, exclusivamente, en su interior.
Esta visión se encuentra en la raíz del positivismo jurídico formalista. Tal positivismo será el resultado de trasladar los presupuestos del modelo moderno de ciencia a la misma ciencia del Derecho. El positivismo nacerá del intento de convertir el estudio del Derecho en una auténtica “ciencia”.
Si pretende ser una ciencia, según los parámetros modernos, habrá que excluir los juicios de valor. La ciencia jurídica deberá abstenerse de toda valoración, ya que este será precisamente el sello distintivo del conocimiento científico.
Se entiende que la función del operador jurídico no consiste en valorar el Derecho formalmente vigente, sino en describirlo. No se niega la posibilidad de la existencia de instancias morales ni de un Derecho natural. Solo se afirma que la labor del jurista debe dejar al margen cualquier elemento que no sea el estrictamente positivo y descriptivo. Es el intento de distinción entre Derecho y moral.
Uno de los postulados fundamentales del positivismo jurídico es la exigencia de separación entre el Derecho que “es” y el que “debe ser”, entre Derecho y moral. En definitiva, mientras que la ley representa la regla objetiva, la moral no es más que una instancia subjetiva y, por lo tanto, relativa. La legalidad es la única instancia a tener presente en el ejercicio profesional. Ello ha determinado que, durante bastante tiempo, la Deontología jurídica haya carecido de un lugar propio en los planes de estudio de las licenciaturas en Derecho.