El Positivismo Jurídico: Origen y Características

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El Positivismo Jurídico

En contra de la postura iusnaturalista, el positivismo jurídico es la otra gran corriente doctrinal sobre el concepto de Derecho. El origen de sus principios está dado por el hombre y su validez está condicionada a ciertos requisitos de vigencia. En este sentido, rechazaban la metafísica y optaron por el método experimental, propio de las ciencias. Se tenía entonces la convicción de que, partiendo exclusivamente de la observación de los hechos mismos, se lograría el conocimiento veraz de las leyes. Con el positivismo se intentó pues elaborar una ciencia del Derecho basada, por una parte, en el análisis histórico-comparativo de las instituciones jurídicas y, por otra, de las diferentes normas jurídicas positivadas. No obstante, cabe decir que no sólo se trató de una filosofía sino más bien de una actitud cultural.

El Positivismo como Filosofía del Derecho

El positivismo como filosofía del Derecho (también se da en lo social y político) surge en Alemania a comienzos del siglo XIX de la mano de la escuela histórica. Así, la filosofía positivista supone la restricción del objeto de conocimiento a una regulación concreta que se da en un cierto momento histórico; esto es, a un Derecho positivo. Cabe mencionar ahora las principales características que han cimentado la filosofía positivista:

Principales Características del Positivismo

  • La ciencia representa la única posibilidad de un conocimiento válido, solo los hechos pueden ser considerados objetos del conocimiento humano.
  • La filosofía no posee un método diferente al empleado por el conocimiento científico (inducción). Se han de buscar los principios generales que sirven de guía a la conducta humana.
  • Niega la existencia de toda fuerza que trascienda a los hechos o a las leyes establecidas por la ciencia.
Fuentes del Positivismo Jurídico

Las fuentes principales de las que se nutre la nueva filosofía positivista se encuentran en el empirismo inglés y en los autores de la Ilustración. El pensamiento del siglo XVIII presenta una nueva jerarquía metódica (inductiva): la observación es lo dado mientras que el principio y la ley son lo buscado.

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