Precedente Judicial: Fundamentos, Aplicación y Desafíos Argumentativos en el Derecho

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El Precedente Judicial: Uso Argumentativo (Vertical)

Sentencia del Tribunal Constitucional (TC)

Son vinculantes todas las sentencias, especialmente las que interpretan leyes de acuerdo con la Constitución Española (CE).

Sentencia del Tribunal Supremo (TS)

Son vinculantes las sentencias que resuelven recursos en interés de la ley o unificación de doctrina, así como las que resuelven recursos de casación contencioso-administrativa (C-A) y laboral, ya que la infracción de ley o jurisprudencia aplicable se establece como motivo de casación. En los órdenes civil y social, antes la jurisprudencia era vinculante; ahora el TS tiene la oportunidad de determinar si procede el apartamiento de la jurisprudencia. En el orden penal, rige la sujeción del juez a la ley.

Doctrina del Autoprecedente

Se basa en dos dimensiones: igualdad ante la ley y en la aplicación de la ley. El TC entendió que la igualdad ante la ley no se agotaba en el mandato al legislador, sino que también se extiende a los jueces, de modo que una misma ley debe ser aplicada de igual forma a casos iguales.

Cinco Problemas en el Uso del Precedente como Argumento de Autoridad

  1. Líneas Jurisprudenciales en Conflicto

    Se presenta cuando hay jurisprudencia oscilante con líneas que se solapan. Criterios para resolverlo: la que se ha aplicado más veces, la más moderna, y las decisiones unánimes tienen mayor fuerza.

  2. Identificación de la Ratio Decidendi

    Una decisión se refiere a un caso particular; la razón por la que se decide ese caso de ese modo es una regla para esa clase de casos.

  3. Descarte de los Obiter Dicta

    Se consideran los pronunciamientos superfluos para fundamentar el fallo, así como aquellos que se hagan acerca de supuestos hipotéticos distintos de los que se juzgan. Problema: Estos dos criterios no coinciden de manera perfecta, porque a menudo en una sentencia aparecen ideas que no son superfluas, sino que apoyan la decisión del caso, aunque no sea el punto central de la argumentación.

  4. Distinguishing (Diferenciación)

    Consiste en sostener que un caso tiene algún elemento no tenido en cuenta en casos anteriores, de modo que no es igual que el anterior y, por tanto, el precedente para el caso anterior no es aplicable.

  5. Overruling (Revocación del Precedente)

    Si un fallo anterior constituye o no un precedente para el caso actual depende de cómo se identifique la ratio decidendi de aquel y de si se puede distinguir o no el caso actual. La obligación alternativa, invocando un fallo anterior como precedente, su no seguimiento requiere una de estas tres cosas: overruling expreso, alegación de que lo invocado como precedente es un obiter dictum, o que el caso actual es diferente.

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