Preguntas frecuentes sobre derecho mercantil y bancario
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Cuestiones bancarias
- ¿Cuál es el valor jurídico formal de las Circulares emitidas por el Banco de España?
Son normas jurídicas vinculantes con rango inmediatamente inferior a una orden ministerial. - ¿Cuál es la calificación jurídica exacta de una transferencia bancaria?
Una operación bancaria. - Si un empresario pide a una entidad de crédito un préstamo con garantía hipotecaria para la adquisición de su vivienda personal y particular, ¿le sería de aplicación el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios?
Sí, porque este empresario actúa en este supuesto fuera de su actividad empresarial. - ¿En qué consiste exactamente la cláusula "salvo buen fin" en el contrato de descuento bancario?
En una condición resolutoria que permite a la entidad de crédito devolver a su cliente el efecto descontado si este no es atendido por el deudor a su vencimiento. - ¿Por qué los depósitos bancarios de dinero revisten el carácter de depósitos irregulares?
Porque la entidad de crédito depositaria está habilitada para hacer uso del dinero depositado por el cliente depositante o impositor. - ¿Puede una entidad de leasing reivindicar la devolución del bien objeto de este arrendamiento financiero de un tercero de buena fe a quien le fue vendido este objeto por parte del cliente de la referida entidad?
Sí, pero solo si llegase a acreditar fehacientemente la mala fe del tercero adquirente del bien objeto de este arrendamiento financiero.
Cuestiones sobre administradores de sociedades mercantiles
El administrador de una sociedad mercantil suele tener una responsabilidad con la sociedad, con lo que no podría ser considerada como una relación especial (asumen un riesgo). El administrador sería un autónomo porque tiene retribución, pero a la vez asume riesgos que no asume un trabajador.
¿Quién paga la factura de la valoración de una aportación no dineraria en un régimen jurídico de sociedad en formación?
La sociedad en formación es aquella que se ha constituido en escritura pública, pero todavía no se ha inscrito en el Registro Mercantil, teniendo los socios la voluntad de hacerlo en un futuro. En caso de que la sociedad en formación sea una SL, la valoración de esta aportación deben pagarla los socios que estén constituidos en la escritura pública. En caso de que sea una sociedad anónima, sería la compañía la que pagara la factura, ya que el experto independiente que hace la valoración es responsable frente a la sociedad, los accionistas y los acreedores en caso de daños.
¿Es posible una aportación dineraria de 1000 euros a título de uso?
Las aportaciones a título de uso tienen que ser negociables, es decir, poderse convertir en dinero. Con lo que sí podría ser posible.
Bitcoin
Desde 2015, la UE considera el Bitcoin como un método de pago más. En España, desde 2015 es legal usarlo, y en la compraventa de bienes y en la prestación de servicios se aplica el IVA. En la Ley de Sociedades de Capital se considera el Bitcoin como otra moneda, lo que podría servir para poder aceptarlo como una aportación dineraria. Sin embargo, esta criptomoneda no cuenta con respaldo gubernamental, ni hay mucha legislación respecto a esta moneda, y se necesitaría de una valoración económica muy profunda para determinar su valor. En mi opinión, con lo expuesto previamente, lo consideraría como aportación no dineraria.
Sociedad regular colectiva
El Código de Comercio exige escritura pública de constitución para una Sociedad regular colectiva para evitar la responsabilidad de sus gestores. En esta escritura se indica la identidad de los socios, la razón social de la sociedad, el nombre, apellido y domicilio de los socios que se ocupan de la gestión, el capital aportado por cada socio, la duración de la sociedad, la cantidad que se le da a cada gestor para sus gastos y las condiciones especiales de cada socio (en caso de que las hubiera).