Preguntas y Respuestas sobre Derecho Internacional Privado

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1- El derecho internacional privado es:

  • a) derecho interno
  • b) derecho internacional
  • c) derecho internacional público
  • d) Ninguna de las anteriores.

2- La remisión implica que la ley extranjera también pasa a formar parte del derecho aplicable en los casos ius privatistas internacionales, pero no por ella pasa a ser fuente del derecho. VERDADERO O FALSO. Falsa. Esta remisión implica que la ley extranjera también pasa a formar parte del derecho aplicable en los casos ius privatistas internacionales y, por ende, pasa a ser fuente del derecho.

3- El Orden Público:

  • a) El derecho extranjero no debe ser aplicable cuando conduce a soluciones incompatibles con los principios fundamentales de orden público que inspiran el ordenamiento jurídico argentino.
  • b) El derecho extranjero puede ser aplicable cuando conduce a soluciones incompatibles con los principios fundamentales de orden público que inspiran el ordenamiento jurídico argentino.
  • c) El derecho extranjero puede ser aplicable parcialmente evitando sólo la aplicación de soluciones que resulten incompatibles con los principios fundamentales de orden público que inspiran el ordenamiento jurídico argentino.
  • d) El derecho extranjero puede ser aplicable cuando las partes lo determinen.

Justificación: Art. 2600, las disposiciones de derecho extranjero aplicables deben ser excluidas cuando conducen a soluciones incompatibles con los principios fundamentales de orden público que inspiran el ordenamiento jurídico argentino.

4- Para la determinación del derecho aplicable en materias que involucran derechos no disponibles para las partes no se tienen en cuenta los hechos y actos realizados con el solo fin de eludir la aplicación del derecho designado por las normas de conflicto. VERDADERO O FALSO. Verdadero, Art. 2598. (fraude a la ley)

5- Todos los elementos de extranjería conllevan la existencia de un caso de derecho internacional privado. VERDADERO O FALSO. Falso, no todos los elementos de extranjería conllevan la existencia de un caso de derecho internacional privado, solo los que tengan relevancia jurídica.


6- Los arbitrajes institucionalizados son tribunales constituidos para el caso concreto. La metodología normal consiste en que se utilizan tribunales arbitrales de tres miembros donde cada parte designa uno de los árbitros y luego ambos árbitros de común acuerdo designan al tercero que será quien actuará como presidente. VERDADERO O FALSO. FALSO. Formas en las que se puede dar el arbitraje:

  • Arbitraje institucionalizado: pertenecen a organizaciones o instituciones donde estos arbitrajes ya existen de forma permanente o semipermanente (es un sistema armado).
  • Arbitraje Ad Hoc: son tribunales constituidos para tal caso en concreto, pueden tener 3 o 5 miembros (tiende a ser más lento y menos ágil).

7- El derecho imperativo se impone por sobre el ejercicio de la autonomía de la voluntad y excluye la aplicación del derecho extranjero elegido por las normas de conflicto o por las partes. VERDADERO O FALSO. Verdadero, (Art. 2599) las normas internacionalmente imperativas o de aplicación inmediata del derecho argentino se imponen por sobre el ejercicio de la autonomía de la voluntad y excluyen la aplicación del derecho extranjero elegido por las normas de conflicto o por las partes.

8- Los factores de atribución:

  • a) pueden ser personales, reales y morales.
  • b) son referencias que permiten determinar cuál será el juez que entenderá en un determinado conflicto.
  • c) son referencias que permiten vincular el elemento de extranjería de una situación jurídica con un determinado ordenamiento.
  • d) ninguna de las anteriores.

9- En materia de contratación internacional, el juez local debe aplicar sólo las normas de Derecho Internacional Privado. VERDADERO O FALSO. Falso, en materia de contratación internacional, el juez local debe aplicar no sólo sus normas de Derecho Internacional Privado, sino el denominado Derecho Contractual Internacional.

10- Los principales objetos de estudio del derecho internacional privado son:

  • a) la determinación del derecho aplicable
  • b) la determinación de la jurisdicción competente
  • c) todas las anteriores

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