Prerrogativas Parlamentarias y Regulación de Partidos Políticos en España

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Prerrogativas Parlamentarias Individuales y Colectivas

Garantía concedida a las cámaras para asegurar su autonomía y el libre desempeño de las funciones atribuidas, alejadas de cualquier intromisión.

Prerrogativas Colectivas

Las cámaras establecen sus propios reglamentos y aprueban de forma autónoma sus presupuestos y, de común acuerdo, el estatuto del personal de las Cortes Generales. Los reglamentos y sus reformas serán sometidos a una votación final que requerirá mayoría absoluta. Las sesiones conjuntas son presididas por el Presidente del Congreso y se regirán por el reglamento.

Las cámaras eligen a sus respectivos Presidente y demás miembros de sus Mesas. El Presidente de las cámaras ejerce en nombre de las mismas todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus sedes. Tienen competencia autónoma para la determinación de medios personales y materiales para el desarrollo de sus funciones constitucionales.

Las Cortes no pueden ser demandadas ni querelladas, ni obligadas a testificar por las actuaciones en el ejercicio de sus funciones. Las cámaras tienen protección frente a peticiones mediante manifestación y entrada indebida durante las sesiones.

Prerrogativas Individuales

Los diputados y senadores no están sujetos a mandato imperativo; la representación política es libre a la hora de emitir opiniones y votos.

Inelegibilidad e Incompatibilidad

Las causas de inelegibilidad son restricciones a la participación en las elecciones como candidato para determinados cargos públicos. Las causas de incompatibilidad son restricciones de la función parlamentaria de manera simultánea con cargos públicos o privados. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad.

Adquisición y Pérdida de la Condición Parlamentaria

El diputado o senador proclamado electo adquirirá la condición de diputado o senador tras prestar juramento. Mientras no preste juramento, no podrá ejercer la condición de parlamentario, pero no pierde la condición de parlamentario.

Pérdida de la condición parlamentaria:

  • Expiración del mandato o disolución.
  • Suspensión por incumplimiento reiterado del reglamento.
  • Ser procesado o en prisión preventiva.
  • Ser condenado.
  • Fallecimiento.
  • Resolución judicial.
  • Renuncia.

Inviolabilidad

Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por los votos y opiniones emitidos durante sus funciones, y les acompaña también una vez finalizado su mandato.

Inmunidad

Gozan de inmunidad; solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No pueden ser inculpados ni procesados sin previa autorización de las cámaras respectivas.

Fuero especial

Las causas contra diputados y senadores serán competencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Partidos Políticos

Son organismos que expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política.

Su creación y ejercicio son libres dentro de la Constitución y la ley. Su estructura interna y funcionamiento deben ser democráticos. Los partidos políticos están amparados por el derecho fundamental de asociación, tienen un principio de libertad de creación, afiliación y negativa de permanencia.

Tienen libertad de creación (+18 años), en pleno ejercicio de sus derechos y no condenados por delito del Código Penal. Inscripción en el Registro de Partidos. La CE exige que su estructura interna y funcionamiento sean democráticos.

La ilegalización de los partidos, especialmente por colaborar con el terrorismo. El Tribunal Europeo ha avalado la ilegalización de los partidos a aquellos líderes que inciten a la violencia o destrucción de la democracia.

Financiación

Financiación mixta: privada (donaciones) y pública (gastos electorales, subvenciones estatales anuales, gastos de mantenimiento y aportación parlamentaria).

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