Prestación por Desempleo: Trámites, Requisitos y Obligaciones

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Trámites para Solicitar la Prestación por Desempleo

  • Inscribirse como demandante de empleo.
  • Solicitar la prestación en un plazo de 15 días hábiles. Si se realiza fuera de plazo, el trabajador perderá los días de prestación que medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho y la fecha de la solicitud.
  • Presentar la siguiente documentación:
    • Impreso de solicitud de la prestación.
    • Carta de despido.
    • Certificado de empresa.
    • Copia de la cotización a la Seguridad Social de los últimos 180 días.
    • Fotocopia del DNI.
  • Firmar el compromiso de actividad.

Suspensión del Derecho a la Prestación por Desempleo

La prestación por desempleo se puede suspender en los siguientes casos:

  • No renovar la demanda de empleo en la forma y fechas que se determinen.
  • No devolver en plazo el justificante de haber comparecido a la oferta de empleo, al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Cuando el titular del derecho cumpla una condena que implique privación de libertad.

Subsidio por Desempleo

El subsidio por desempleo incluye prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia.

Requisitos para Acceder al Subsidio por Desempleo

  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • No haber rechazado ninguna oferta de trabajo adecuada.
  • No haberse negado a participar en acciones de formación o inserción laboral.
  • Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluidas las dos pagas extraordinarias.

Bajas y Variaciones de Datos

Las bajas se deben comunicar a la Seguridad Social dentro del plazo de los 6 días naturales siguientes a la fecha en que se produzcan.

Libro de Visitas

Una vez que el empresario haya procedido a la inscripción en la Seguridad Social y haya comunicado la apertura del centro de trabajo, deberá adquirir y diligenciar el Libro de Visitas. Cada centro de trabajo, ocupe o no a trabajadores, está obligado a tener un Libro de Visitas para que los inspectores de trabajo efectúen las diligencias necesarias. Este libro lo diligenciará en la primera hoja el jefe de la Inspección de Trabajo, que sellará todas sus hojas. Se deben conservar los Libros de Visitas durante un plazo mínimo de cinco años.

Conservación de la Documentación Laboral

Las empresas deben conservar durante cuatro años los documentos de inscripción de la asociación para la protección de accidentes y enfermedades profesionales.

Documentación en el Proceso de Contratación

La contratación se puede realizar a través del SEPE.

Realización del Contrato

El empresario entregará a la representación legal de los trabajadores una copia básica de todos los contratos que deban celebrarse por escrito. La copia básica se entregará por el empresario en un plazo no superior a 10 días. Posteriormente, dicha copia se enviará a la Oficina de Empleo. Los empresarios están obligados a comunicar a los Servicios Públicos de Empleo, en el plazo de 10 días, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito. La comunicación de los datos se podrá realizar por medios telemáticos.

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