Prestaciones y Gestión de la Seguridad Social: Incapacidad, Viudedad, Orfandad, Jubilación y Más

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Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez

Incapacidad Permanente Absoluta

Es la situación que impide al trabajador realizar cualquier tipo de actividad laboral. La prestación consiste en una pensión del 100% de la base reguladora.

Gran Invalidez

Se aplica a personas con incapacidad permanente absoluta que, debido a pérdidas anatómicas o funcionales, necesitan la ayuda de otras personas para realizar actos esenciales de la vida (comer, vestirse, desplazarse, etc.). La prestación es del 100% de la base reguladora, incrementada en un 45% de la base mínima de cotización vigente en el Régimen General.

Pensiones de Viudedad y Orfandad: Cuantías y Límites

Pensión de Viudedad

Tienen derecho a ella:

  • Cónyuges con hijos comunes o casados al menos un año antes del fallecimiento.
  • Ex-cónyuges con derecho a pensión compensatoria.
  • Parejas de hecho inscritas al menos dos años antes del fallecimiento o con convivencia estable y notoria de 5 años.

La cuantía general es del 52% de la base reguladora, pudiendo incrementarse hasta el 70% si existen cargas familiares.

Pensión de Orfandad

Beneficiarios: Hijos (naturales o adoptados) menores de 25 años.

Cuantía: 20% de la base reguladora. Si no hay pensión de viudedad, puede incrementarse con el 52% de la base reguladora.

Límite de las Pensiones

Las pensiones de viudedad y orfandad, en conjunto, no pueden superar el 100% de la base reguladora del fallecido.

Obligaciones de Trabajadores y Empresas

Obligaciones del Trabajador

  • Comunicar cambios de datos personales y familiares a la Seguridad Social.
  • Actuar de buena fe en todas las gestiones.

Obligaciones de la Empresa

  • Inscribir la empresa en la Seguridad Social.
  • Afiliar a los trabajadores.
  • Dar de alta y baja a los trabajadores.
  • Cotizar por los trabajadores.
  • Realizar el pago delegado de prestaciones, cuando corresponda.

Organismos de la Seguridad Social

Los principales organismos que gestionan la Seguridad Social en España son:

  • INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Gestiona las prestaciones económicas.
  • INGESA (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria): Gestiona la asistencia sanitaria en Ceuta y Melilla.
  • IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales): Gestiona servicios sociales y para personas mayores.
  • TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social): Recauda las cotizaciones.
  • SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): Gestiona las prestaciones por desempleo.
  • GIF (Gerencia de Informática de la Seguridad Social): Soporte informático.
  • ISM (Instituto Social de la Marina): Gestiona la Seguridad Social de los trabajadores del mar.
  • ISFAS (Instituto Social de las Fuerzas Armadas): Para el personal militar.
  • MUFACE (Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado): Para funcionarios civiles.

Acción Protectora: Asistencia Sanitaria y Farmacéutica

Asistencia Sanitaria

Cubre urgencias, atención ambulatoria y hospitalaria.

Asistencia Farmacéutica

  • Personas en activo: Pagan un porcentaje del precio de los medicamentos según su renta (40%, 50% o 60%).
  • Personas inactivas (pensionistas): Pagan un 10%, con límites máximos de aportación.
  • Tratamientos crónicos: Aportación del 10%, con un límite de 4,24€ por envase.
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: Medicamentos gratuitos.

Jubilación: Requisitos y Cálculo de la Pensión

Requisitos (a partir de 2027)

  • Edad: 67 años, o 65 años si se han cotizado 38 años y 6 meses.
  • Cotización mínima: 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los 15 años previos a la jubilación.

Cálculo de la Pensión

La cuantía de la pensión depende del tiempo cotizado y de las bases de cotización. Para obtener el 100% de la base reguladora en 2027, se necesitarán 37 años cotizados.

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