Prestaciones de Incapacidad Laboral: Subsidios y Requisitos de Cotización

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Incapacidad Temporal y Permanente en la Seguridad Social

4.2.2. Subsidio por Incapacidad Temporal: Cálculo y Porcentajes

La incapacidad temporal da derecho a un subsidio que trata de sustituir, parcialmente, la pérdida de ingresos por la incapacidad temporalmente surgida. Dicho subsidio se obtiene de aplicar a la base reguladora un determinado porcentaje que varía según la causa y la duración de la incapacidad, según los siguientes criterios:

  • Base reguladora: en el caso de accidente no laboral o enfermedad común, en el caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Porcentaje:

    En caso de enfermedad común:

    • 60% desde el día 4 hasta el 20.
    • 75% desde el día 21 en adelante.

    En caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional:

    • 75% desde el día siguiente al de la baja.

4.2.3. Duración de la Prestación por Incapacidad Temporal

La duración máxima del subsidio por incapacidad temporal será de 12 meses. El trabajador que no esté de acuerdo con la calificación de alta podrá reclamar ante la inspección médica. Este plazo será prorrogable por otros seis meses. Transcurrido este tiempo, en un plazo de tres meses, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) examinará el estado del incapacitado para su calificación de la incapacidad permanente. Esta calificación se podrá prorrogar hasta un máximo de 24 meses.

4.2.4. Incapacidad Temporal y Desempleo

El trabajador puede encontrarse en situación de incapacidad temporal. En ese caso, durante dicha situación, su contrato puede suspenderse si:

  • La IT deriva de contingencias comunes.
  • La IT deriva de contingencias profesionales.

4.2.5. Suspensión o Extinción del Subsidio por Incapacidad Temporal

El derecho a la prestación puede ser anulado o suspendido por:

  • Actuación fraudulenta del beneficiario.
  • Trabajar por cuenta ajena.
  • Rechazar o abandonar el tratamiento.

También pueden ser extinguidos por:

  • Agotamiento del plazo máximo.
  • Alta médica.
  • Jubilación.
  • Incomparecencia injustificada a exámenes médicos.

4.3. La Incapacidad Permanente: Cobertura y Requisitos

La incapacidad permanente trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.

4.3.1. Requisitos de Cotización en la Prestación por Incapacidad Permanente

No se exigirán cotizaciones previas en el caso de que la incapacidad derive de enfermedad profesional o de accidente de trabajo.

  • Si la incapacidad permanente es parcial, la cotización debe ser de 1800 días en los últimos 10 años.
  • Para el resto de incapacidades:
    • Los menores de 31 años deberán haber cotizado un tercio del tiempo transcurrido entre los 16 años y el hecho causante.
    • Los mayores de 31 años deberán haber cotizado un cuarto del tiempo entre los 20 años y el hecho causante, con un mínimo de 5 años.

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