Prestaciones por Incapacidad y Lactancia: Derechos y Requisitos
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 3,18 KB
Prestaciones por riesgos durante la lactancia natural
Los requisitos para tener derecho a esta prestación consisten en estar afiliada y en alta, y en caso de ser trabajador autónomo, en estar al corriente en el pago a la seguridad social.
Prestaciones por incapacidad permanente
Grados de incapacidad permanente
- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual
- Incapacidad permanente total para la profesión habitual
- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo
- Gran invalidez
Incapacidad permanente parcial
Beneficiarios:
- Haber sido declarados en situación de incapacidad permanente parcial.
- Estar afiliados a la seguridad social.
- Estar en alta o situación asimilada.
- Haber cubierto un periodo mínimo de cotización.
Prestaciones: Consiste en una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora que haya servido para determinar la prestación por incapacidad temporal de la que se deriva la incapacidad permanente.
Gran invalidez
Situación del trabajador inválido permanente que necesita ayuda de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos, debido a pérdidas anatómicas o funcionales. Se aplica la regulación de la incapacidad permanente absoluta, pero la cuantía se ve incrementada en principio en un 50%.
Incapacidad permanente total
Beneficiarios:
- Haber sido declarados en situación de incapacidad permanente total.
- Estar afiliados a la seguridad social.
- Estar en alta o situación asimilada.
- Haber cubierto un periodo mínimo de cotización.
La prestación consiste en una pensión vitalicia que puede ser sustituida excepcionalmente por una indemnización a tanto alzado. La pensión se calcula aplicando un porcentaje a una base reguladora.
Efectos:
- El trabajador: extingue el contrato de trabajo.
- El empresario: extingue el contrato de trabajo.
Cualificada: Es aquella incapacidad permanente total en la que se presuma la dificultad de obtener un nuevo empleo por el beneficiario, 55 años o más, falta de preparación general, características sociales y laborales del lugar de residencia.
Recargo en las prestaciones
Las pensiones de incapacidad permanente que deriven de accidente de trabajo o enfermedad profesional se aumentan de un 30% a un 50% según la gravedad de la falta:
- La lesión se produzca por maquinaria, artefacto o en instalaciones que carezcan de los dispositivos reglamentarios, tengan inutilizados o en mal estado dichos dispositivos.
- No se hayan observado algunas medidas: las generales o particulares de seguridad e higiene en el trabajo, las elementales de salubridad, las de adecuación personal a cada trabajo.
El pago es responsabilidad directa del empresario infractor y no puede ser objeto de seguro.