Prestaciones de Inserción Laboral y Social en España
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Rentas de Inserción
Conjunto de ayudas económicas cuyo objetivo es proporcionar un mínimo para la subsistencia e inserción en el mercado de trabajo. Se distinguen principalmente dos tipos:
- La Renta Activa de Inserción (RAI), ayuda a nivel estatal.
- La Renta Mínima de Inserción (RMI), ayuda a nivel autonómico: cada comunidad autónoma tiene su propia normativa, aunque comparten características comunes.
Representan el último nivel de protección del trabajador.
Renta Activa de Inserción (RAI)
Programa cuyo objetivo es incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de determinados colectivos de desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. Incluye medidas de reinserción laboral y una prestación económica (Renta Activa de Inserción, RAI) gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal.
Requisitos para ser beneficiario de la RAI:
- Ser mayor de 45 años.
- Estar inscrito en la oficina de empleo durante un año o más.
- No tener derecho a prestaciones por desempleo.
- Necesidad económica: carecer de rentas mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
- No haber sido beneficiario de la RAI en los últimos 12 meses.
Existen beneficiarios especiales que son los discapacitados, los emigrantes retornados en determinadas condiciones y las víctimas de violencia doméstica.
Beneficios al incorporarse al programa RAI:
- Medidas de reinserción al mercado de trabajo:
- Tutoría individualizada.
- Diseño de un itinerario de inserción laboral: plan personal de inserción de acuerdo a la formación del trabajador.
- Gestión de ofertas de colocación.
- Incorporación a planes de empleo y/o formación (FIP, talleres de empleo).
- Asesoramiento para el autoempleo.
- Prestación económica:
- Se empieza a percibir en cuanto el trabajador se incorpora al programa.
- La duración máxima de la ayuda son 11 meses.
- En 2011 era de 426 euros al mes (Nota: esta cuantía puede haber variado desde la fecha del documento original).
Se puede participar en el programa hasta un máximo de 3 veces. Si se supera el mínimo de rentas, se deja de percibir la ayuda.
Sin embargo, para evitar desincentivar la incorporación al mercado laboral, la RAI es compatible con:
- Trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial: la renta se reduce de manera proporcional al tiempo trabajado y se amplía el tiempo de percepción de la renta en la misma parte proporcional.
- Trabajo por cuenta propia o ajena a tiempo completo: percepción del 25% de la renta durante un máximo de 6 meses.
Renta Mínima de Inserción (RMI)
La RMI es una prestación económica que garantiza la obtención de medios para satisfacer las necesidades básicas de la vida, cuando estos no puedan obtenerse del trabajo, o de pensiones y prestaciones de protección social. Cada Comunidad Autónoma establece su propia normativa, aunque las características de la RMI y los requisitos para solicitarla son parecidos.
Requisitos para ser beneficiario de la RMI:
- Empadronamiento en la comunidad autónoma correspondiente y residencia continuada durante el año anterior a la solicitud.
- Tener una edad entre 25 y 65 años, aunque en algunas comunidades pueden ser menores de 25 años con situación de grave exclusión social o mayor de 65 y no tener pensión o prestación pública.
- Debe constituir un hogar independiente un tiempo antes (6 meses, 1 año).
- Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas (normalmente, el umbral mínimo de rentas se corresponde con la cuantía de la RMI).
Beneficios de la RMI:
- Prestación económica: la cantidad varía en cada comunidad autónoma y depende del número de miembros del hogar y las situaciones familiares especiales (hijos menores, hijos con discapacidad, familia monoparental).
- Beneficios no económicos:
- Acceso a programas de formación ocupacional.
- Acciones de información y orientación para conocer los servicios sociales y de la administración que puedan ser de utilidad.
- Itinerario de inserción personalizado.
Obligaciones de los beneficiarios de la RMI:
- Usar la prestación para el fin que se concede (satisfacer necesidades básicas).
- Escolarizar a los menores de edad en edad de escolarización obligatoria.
- Participar en las acciones de formación e inserción laboral que se establezcan.
- Comunicar los cambios en la situación del hogar: número de miembros u obtención de otros ingresos económicos.
Si los ingresos son iguales o superiores a la cuantía de la RMI, se pierde la ayuda.