Prestaciones de la Seguridad Social: Derechos y Cálculos Esenciales
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Contingencias Comunes
Enfermedad común o accidente no laboral.
Contingencias Profesionales
Accidente laboral o enfermedad profesional.
Requisitos Generales
- Estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado previamente 180 días en los 5 años anteriores a la fecha de la baja (para contingencias comunes).
Duración de la Prestación por Incapacidad Temporal
La duración máxima es de 12 meses, prorrogable hasta 6 meses adicionales (total 18 meses). Transcurrido ese tiempo, en los próximos 3 meses se valorará la situación del trabajador para una posible alta médica o el inicio de un expediente de incapacidad permanente.
Cálculo de las Prestaciones por Incapacidad Temporal
Contingencias Comunes
- Días 1, 2 y 3: No se cobra prestación.
- Días 4 al 15: 60% de la base reguladora, a cargo de la empresa.
- Días 16 al 20: 60% de la base reguladora, a cargo de la mutua o el INSS.
- Día 21 hasta el fin de la baja: 75% de la base reguladora, a cargo de la mutua o el INSS.
Contingencias Profesionales
- Día del accidente o inicio de la enfermedad profesional: Se cobra el salario íntegro (a cargo de la empresa).
- Día posterior hasta el alta: 75% de la base reguladora, a cargo de la mutua o el INSS.
Incapacidad Permanente
Incapacidad Permanente Parcial
Disminución de al menos el 33% en el rendimiento habitual para la profesión, sin impedirle realizar las tareas fundamentales de la misma.
Prestación: Indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
Incapacidad Permanente Total
Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta.
Prestación: Pensión vitalicia del 55% de la base reguladora. Esta pensión es compatible con otro trabajo, siempre que no sea el mismo que generó la incapacidad.
Si el beneficiario es mayor de 55 años y no encuentra trabajo, la pensión puede incrementarse al 75% (conocida como "cualificada"), pero en este caso no es compatible con otro trabajo.
Incapacidad Permanente Absoluta
Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. Puede realizar actividades que no impliquen un esfuerzo laboral.
Prestación: Pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.
Gran Invalidez
El trabajador, además de estar afectado por una incapacidad permanente absoluta, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Prestación: 100% de la base reguladora, más un complemento adicional para la persona que le cuida, cuyo importe se calcula según la normativa vigente (generalmente entre el 45% y el 75% de la base mínima de cotización).
Recargo por Falta de Medidas de Seguridad
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional debido a la falta de medidas de seguridad, la prestación económica puede incrementarse entre un 30% y un 50%, siendo este recargo a cargo exclusivo de la empresa infractora.
Prestaciones por Muerte y Supervivencia
Pensión de Viudedad
Pensión vitalicia que se pierde si el beneficiario contrae nuevo matrimonio (salvo excepciones). Se cobra el 52% de la base reguladora (puede ser superior en ciertos casos, como con cargas familiares o edad avanzada).
Pensión de Orfandad
Para hijos menores de 21 años (o 25 si estudian o tienen ingresos bajos y no superan un límite de ingresos). Se cobra el 20% de la base reguladora por cada hijo.
Nota: Si la orfandad es debida a violencia de género, la pensión puede alcanzar el 75% de la base reguladora.
Pensión a Favor de Familiares
Para familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que dependieran económicamente del fallecido. Se cobra el 20% de la base reguladora.
Requisitos para la Pensión de Jubilación (Reforma de Pensiones)
- Tener la edad legal de jubilación (que varía según los años cotizados y se incrementa progresivamente hasta los 67 años en 2027, o 65 años con al menos 38 años y 6 meses cotizados).
- Haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al hecho causante. Para el 100% de la pensión, se requieren más años de cotización (hasta 37 años en 2027).
- La base reguladora se calcula tomando la media de las bases de cotización de los últimos 25 años (o 29 años, descartando los 2 peores, según la reforma).
Prestación por Desempleo (Paro)
- Haber cotizado al menos 360 días (un año) dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Solicitar la prestación en el plazo de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo.