Prestaciones de la Seguridad Social: Paternidad, Riesgo en el Embarazo e Incapacidad Laboral
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Paternidad: Derechos y Prestaciones para Padres Trabajadores
Los padres trabajadores, tanto por cuenta ajena como autónomos, tienen derecho a disfrutar de un descanso ininterrumpido en caso de nacimiento, adopción o acogimiento.
Duración del Permiso de Paternidad
- Duración: Trece días ininterrumpidos, ampliables en dos días adicionales por cada hijo a partir del segundo.
- Compatibilidad: Esta suspensión es compatible con el disfrute compartido de los periodos de descanso por maternidad.
Requisitos para Acceder a la Prestación por Paternidad
- Periodo de Cotización: Haber cotizado un mínimo de 180 días en los siete años anteriores al nacimiento, adopción o acogimiento, o 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
Cuantía de la Prestación por Paternidad
- Importe: El 100% de la base reguladora del trabajador, que coincide con la base utilizada para la prestación por maternidad.
Riesgo Durante el Embarazo: Protección Laboral para la Gestante
La suspensión del contrato de trabajo puede producirse cuando la mujer embarazada no pueda permanecer en su puesto debido a que este influya negativamente en su salud o en la del feto, siempre y cuando no sea técnica u objetivamente posible su adaptación o un cambio a otro puesto.
Cuantía del Subsidio por Riesgo Durante el Embarazo
- Importe: El 100% de la base reguladora, que es la misma que la utilizada para la Incapacidad Temporal (IT) por contingencias profesionales.
Requisitos para el Subsidio por Riesgo Durante el Embarazo
- Situación de Alta: Estar en situación de alta, o asimilada al alta, en la Seguridad Social (SS.SS.).
Duración del Subsidio por Riesgo Durante el Embarazo
- Periodo: Se extiende hasta que la trabajadora pueda reincorporarse a su puesto de trabajo o hasta el momento del nacimiento del hijo.
La gestión de esta prestación corre a cargo directamente del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de la mutua colaboradora con la Seguridad Social, en caso de que la empresa haya concertado con ella la cobertura de las contingencias profesionales.
Incapacidad Permanente: Grados y Prestaciones
La incapacidad permanente es la situación en la que se encuentra un trabajador que, tras haber sido dado de alta médica, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.
Grados de la Incapacidad Permanente
- Incapacidad Permanente Parcial
- Incapacidad Permanente Total
- Incapacidad Permanente Absoluta
- Gran Invalidez
Incapacidad Permanente Parcial: Definición y Requisitos
La Incapacidad Permanente Parcial es aquella que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para su profesión habitual, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
Requisitos para la Incapacidad Permanente Parcial
- Afiliación y Alta: Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Periodo de Cotización: Se exigen 1.800 días cotizados en los diez años anteriores a la fecha en que se inició la incapacidad si esta deriva de una enfermedad común. En los demás casos (accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral), no se exige periodo de cotización previo.
Prestación por Incapacidad Permanente Parcial
- Cuantía: Consiste en una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora utilizada para la prestación por Incapacidad Temporal (IT).