Prestaciones de la Seguridad Social: Protección y Derechos Laborales

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 7,9 KB

Prestaciones de la Seguridad Social

La Seguridad Social ofrece diversas prestaciones para proteger a los trabajadores y sus familias ante distintas contingencias. Estas se clasifican principalmente en prestaciones en especie y prestaciones económicas.

Prestaciones en Especie

Son aquellas que se materializan en la provisión de servicios o bienes, no en dinero directamente.

  • Asistencia Sanitaria: Acceso a servicios médicos y hospitalarios.
  • Prestación Farmacéutica: Cobertura de medicamentos.
  • Servicios Sociales: Apoyo y recursos para situaciones de necesidad.

Prestaciones Económicas

Son aquellas que se abonan en dinero y se dividen en subsidios, pensiones e indemnizaciones.

Subsidios

Prestaciones de pago periódico y duración temporal, destinadas a compensar la pérdida de ingresos durante periodos específicos.

  • Incapacidad Temporal (IT): Por enfermedad común o profesional, o accidente.
  • Riesgos durante el Embarazo y la Lactancia Natural: Protección ante situaciones de riesgo laboral para la madre o el bebé.
  • Maternidad y Paternidad: Descansos por nacimiento, adopción o acogimiento.
  • Cuidado de Menores Afectados con Enfermedades Graves o Cáncer: Apoyo económico para el cuidado de hijos en situaciones delicadas.

Pensiones

Prestaciones económicas de pago periódico y duración vitalicia o hasta alcanzar una edad determinada, garantizando ingresos a largo plazo.

  • Jubilación: Al alcanzar la edad legal de retiro.
  • Incapacidad Permanente o Gran Invalidez: Por reducción o anulación de la capacidad laboral.
  • Por Muerte y Supervivencia: Incluyen la Viudedad y la Orfandad, destinadas a familiares de la persona fallecida.

Indemnizaciones

Prestaciones económicas que se abonan una sola vez, compensando situaciones específicas.

  • Lesiones Permanentes No Invalidantes: Por secuelas de accidentes o enfermedades que no impiden el trabajo habitual.
  • Incapacidad Permanente Parcial: Por una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para la profesión habitual, sin impedir la realización de las tareas fundamentales.

Otras Prestaciones

Además de las anteriores, existen otras prestaciones importantes:

  • Prestaciones por Desempleo: Apoyo económico durante periodos de inactividad laboral involuntaria.
  • Protección Familiar de Carácter No Económico: Servicios y ayudas para familias.

Asistencia Sanitaria

La asistencia sanitaria es la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos, así como los servicios de recuperación física, prótesis y ortopedia, conducentes a conservar y recuperar la salud de las personas incluidas en el sistema de la Seguridad Social.

Beneficiarios de la Asistencia Sanitaria

Tienen derecho a asistencia sanitaria:

  • El trabajador, su cónyuge, sus hijos y sus ascendientes, siempre que convivan con él y a sus expensas.
  • Los pensionistas.
  • Los desempleados.

Maternidad, Adopción y Acogimiento

La Seguridad Social protege a los trabajadores por cuenta ajena o propia en situación de maternidad biológica, adopción o acogimiento de un menor de 6 años o de 18 años en caso de discapacidad.

Requisitos

Para acceder a esta prestación, es necesario estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta y, en su caso, cumplir los siguientes requisitos de cotización:

  • Menores de 21 años: No se exige cotización previa.
  • Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los 7 años anteriores al hecho causante o 180 días en toda la vida laboral.
  • Mayores de 26 años: 180 días cotizados en los 7 años anteriores al hecho causante o 360 días en toda la vida laboral.

Duración

La duración general es de 16 semanas ininterrumpidas, ampliables en los siguientes casos:

  • 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo.
  • 2 semanas más en caso de discapacidad del hijo.
  • Las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto deben ser disfrutadas obligatoriamente por la madre biológica. El resto del periodo puede distribuirse a opción de la interesada.
  • En el caso de adopción o acogimiento, la duración es también de 16 semanas.

Cuantía de la Prestación

La cuantía de la prestación es un subsidio diario equivalente al 100% de la base reguladora.

Paternidad

Los padres trabajadores por cuenta ajena y autónomos de cualquier régimen de la Seguridad Social tienen derecho a disfrutar de un descanso ininterrumpido en caso de nacimiento, adopción o acogimiento.

Requisitos

Es necesario estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta, y tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años anteriores al hecho causante o 360 días en toda la vida laboral.

Duración

La duración es de 28 días ininterrumpidos, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.

Cuantía de la Prestación

La cuantía de la prestación es el 100% de la base reguladora.

Riesgo Durante el Embarazo o la Lactancia Natural

Riesgo Durante el Embarazo

Se percibirá cuando la trabajadora no pueda permanecer en su puesto de trabajo porque este influya negativamente en su salud o en la del feto, siempre que un cambio a otro puesto no fuera posible.

  • Duración: Hasta que nazca el niño.
  • Cuantía: Subsidio equivalente al 100% de la base reguladora.

Riesgo Durante la Lactancia Natural

Se concede cuando las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora o del hijo y no fuera posible un cambio de puesto.

  • Duración: Hasta que el niño cumpla 9 meses.

Incapacidad Temporal (IT)

La Incapacidad Temporal (IT) es la situación en la que se encuentran los trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar, y que precisan asistencia sanitaria por situaciones de enfermedad común o profesional, accidente laboral o no laboral, y periodos de observación por enfermedad profesional.

Requisitos

  • Enfermedad Común: Haber cotizado 180 días en los 5 años anteriores a la baja.
  • Enfermedad Profesional y Accidente (laboral o no laboral): No se exige periodo mínimo de cotización.

Duración

La duración máxima inicial es de 12 meses, prorrogables a instancia del INSS por otros 6 meses (total 18 meses). Posteriormente, se puede prorrogar hasta un máximo de 24 meses, determinar una incapacidad permanente o dar de alta al trabajador. Es importante destacar que, a partir de los 18 meses, no se cobrará subsidio por Incapacidad Temporal.

Entradas relacionadas: