Prestaciones sociales y cartas de servicios en Madrid
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Prestaciones:
Prestaciones Técnicas Individuales:
Hacen referencia a la atención individualizada a los usuarios y grupos de convivencia a los que pertenecen, a través de la relación de ayuda profesional personalizada que se mantiene mediante entrevistas y visitas domiciliarias. Los tipos de actuación que se realizan son: de información de SS.SS, de apoyo y tratamiento, de tramitación de SS.SS, y de asuntos no relacionados con los SS.SS.Prestaciones Técnicas Grupales:
Tienen que ver con el trabajo comunitario y de grupo en el marco de convivencia de los ciudadanos; el barrio, el municipio y la mancomunidad. Se concreta en atenciones grupales.Prestaciones Económicas y Materiales:
Las PRESTACIONES ECONÓMICAS son aquellas que contribuyen a facilitar la integración personal, paliar situaciones transitorias de necesidad o garantizar mínimos vitales mediante asignaciones dinerarias que pueden ser de carácter periódico o puntual o de pago temporal o indefinido. Las PRESTACIONES MATERIALES son aquellas en las que el valor económico es sustituido por la prestación de un servicio. En este caso los usuarios o reciben un vale o una autorización para el disfrute de aquel.
LAS PRESTACIONES QUE COMPARTEN AMBAS SON: la Renta Mínima de Inserción, las Pensiones no Contributivas, y las Prestaciones derivadas de la LISMI.
LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS SON: ayudas a familias, ayudas al alojamiento y la vivienda, alimentación, y ayudas complementarias.
LAS PRESTACIONES MATERIALES SON: teleasistencia, ayuda a domicilio, becas de comedor, y becas de guardería.
Renta Mínima de Inserción: Implica una prestación económica, así como el derecho a una serie de apoyos personalizados para la inserción laboral y social (Ley15/2001, 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción Social de la Comunidad de Madrid). Va dirigida a personas cuyos recursos económicos sean insuficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida. La concesión de la RMI incluye:
***Una prestación económica de renta minina integrada por la suma de una prestación mensual básica y un complemento mensual variable (en función de los miembros que formen la unidad de convivencia), destinada a cubrir las necesidades básicas de las personas perceptoras.
***Un compromiso de participación activa por parte de los beneficiarios en el programa individual de inserción elaborado por el centro de SS.SS correspondiente que contendrá determinadas medidas.
***La posibilidad de participar en proyectos de integración o actividades dirigidas a la promoción personal y social reconocidas o subvencionadas por el Área de Servicios Sociales.
Pensiones No Contributivas: Son prestaciones económicas mensuales de la Seguridad Social que se conceden a aquellos ciudadanos que carezcan de recursos económicos suficientes, aunque no hayan cotizado a la Seguridad Social o lo hayan hecho de forma insuficiente. Los beneficiarios serán personas jubiladas o incapacitadas para trabajar, que carezcan de recursos económicos y no tengan derecho a la percepción de pensiones de la seguridad social. Además de la prestación económica de pago mensual, incluyen:
***Asistencia sanitaria y farmacéutica gratuita.
***Servicios Sociales.
Prestaciones Derivadas de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI): prestaciones destinadas a personas afectadas de minusvalía (física, psíquica o sensorial) reconocida, que residan en la Comunidad de Madrid, y que no se encuentren incluidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social por no desarrollar una actividad laboral. Las prestaciones derivadas de la LISMI son:
*** Asistencia sanitaria y prestaciones farmacéuticas, que tiene como objetivo suministrar una asistencia sanitaria normalizada a las personas con discapacidad siendo gratuita la obtención de los medicamentos.
***Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte, destinado a atender los gastos de desplazamiento fuera del domicilio de personas minusválidas con graves dificultades para la utilización de transportes colectivos.
5. LAS CARTAS DE SERVICIOS
Las Cartas de Servicios son documentos públicos a través de los cuales el Ayuntamiento de Madrid establece y comunica los servicios que ofrece y en qué condiciones; las responsabilidades y compromisos de prestarlos con unos determinados estándares de calidad; los derechos de la ciudadanía en general y de los usuarios de los servicios, en relación con éstos; las responsabilidades que, como contrapartida, contraen al recibirlos y los sistemas de participación establecidos, con el objetivo de garantizar una mejora continua de los servicios públicos.
Estas Cartas contienen: una introducción, datos de carácter general, normativa, derechos y responsabilidades, mecanismos y modalidades de participación, sistemas de sugerencias y reclamaciones, servicios prestados, compromisos de calidad, datos de carácter complementario.
La fecha de aprobación de la Carta de Servicios de los Centros de Servicios Sociales (Atención Social Primaria) es el 15 de julio de 2010. Y la fecha de la última evaluación es el 23 de marzo de 2015.