Prevención de Riesgos Laborales: Accidentes, Enfermedades y Seguridad Social
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Prevención de Riesgos Laborales
Accidentes, Enfermedades y Seguridad Social
Lesiones
Para el trabajador: Lesiones incapacitantes, incapacidad temporal, invalidez total, gran invalidez.
Para la empresa: Pérdidas de producción, materiales y equipo, demoras en la producción, ausentismos, costos de reemplazo y capacitación.
Accidente del trabajo
Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.
Accidente del trayecto
Son los ocurridos en el trayecto directo entre la habitación y el lugar de trabajo, y viceversa.
Enfermedad Profesional
Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Incidente
Es un acontecimiento no deseado que resulta o puede resultar en pérdidas. Si el resultado significa lesiones a personas y/o daños a la propiedad (pérdidas) se denomina accidente.
Incapacidad temporal
Da derecho a un subsidio que se paga durante la duración del tratamiento, cuando pierde capacidad de trabajar en forma temporal. Es del 100% del sueldo imponible con duración máxima de 52 semanas o 104. Si no se ha mejorado, pasará a llamarse invalidez.
- Parcial: Produce disminución de ganancias de 15 a 75%. 15 y 40% indemnización global no excede en 15 veces el sueldo, 40 y 70% pensión mensual 35% sueldo.
- Invalidez total: Disminuye su capacidad de ganancia 70%, recibe 70% beneficio sueldo.
- Gran invalidez: Necesita de otros para hacer las cosas, derecho a un suplemento de pensión 30% sueldo.
- Muerte: Cónyuge (mayor de 45 o con invalidez, 50%), hijos naturales o adoptivos (20% entre 18 y 24 años que sigan estudios), madres de hijos naturales (35%) tendrán derecho a pensión de supervivencia.
Seguridad Social
Objeto: Satisfacer los estados de necesidad, asegurando a cada persona en todo tiempo, una entrada suficiente para hacer frente a sus responsabilidades. La Seguridad Social trata de garantizar que cada persona y en toda circunstancia, tenga la posibilidad de asegurar, en condiciones convenientes, su subsistencia y la de las personas a su cargo.
Implica: Pleno empleo, justa remuneración, distribución armónica de la renta nacional.
Requiere de: Medicina Social (atención e infraestructura hospitalaria pública), Asistencia Social (prestaciones a toda la comunidad), Seguros Sociales (prestaciones complementarias).
Principios
- Universalidad (proteger a toda persona sin distinción de raza, sexo, edad, etc.)
- Integralidad (prestaciones suficientes para atender riesgos y contingencias satisfactoria %)
- Solidaridad (fundado en fraternidad)
- Uniformidad (existencia de normas iguales para acceder a prestaciones)
- Suficiencia (satisfacer un mínimo de necesidad con eficiencia y oportunidad)
- Subsidiariedad (El Estado debe satisfacer necesidades de quien no pueda hacerlo, pese al esfuerzo)
- Internacionalidad (protección del individuo independientemente del estado en que esté)
Ley de la causalidad
No hay efecto sin causa, se debe analizar caso a caso.
Causa básica: Factores personales y factores del trabajo; prevención de estas: estudio de métodos, distribución de equipos, etc.
Causas inmediatas: Al no controlar las causas básicas u orígenes del accidente, se generarán las causas inmediatas que son:
- Acción insegura: todo acto que comete el trabajador.
- Condición insegura: situación de riesgo que se genera en el ambiente de trabajo.