Primer curso D Romano

Clasificado en Derecho

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DERECHO REAL: es un derecho oponible a cualquier tercero, que permite a su titular el goce y disfrute de una cosa.

DERECHO PERSONAL: permite a su titular reclamar de determinada persona la prestacion de un hecho, que puede consistir en  dar, hacer o no hacer.

CONCEPTO DE OB-LIGATIO.- es el vinculo juridico entre dos o mas personas, de las cuales una o mas, estan facultadas para exigir de otra, u otras.
DARE: trasmitir el dominio de algo.
FACERE: realizar un acto con efectos inmediatos.
PRAESTARE: realizar un acto sin consecuencias inmediatas (garantias).
NON FACERE: no hacer, abstenerse de hacer.
PATI: tolerar (ej. servidumbre).
OBLIGACIONES UNILATERALES.- los deberes corren a cargo de una sola de las partes.
O.BILATERALES O SINALAGMATICAS.- ambas partes tienen deberes para con la otra parte.
STRICTI JURIS.- el sujeto pasivo esta obligado unicamente a lo estrictamente pactado.
BONAE FIDEI.- el deber del sujeto pasivo debe interpetarse a la luz de las circunstancias especiales del caso.
O. CIVILES.- proporciona al acreedor posibilidad de accion--demanda.
O. NATURALES.- no crea un derecho procesalmente eficaz, si el deudor no cumple, el acreedor no encontrara accion alguna para forzar a entregar el pago.

O. DIVISIBLES.- las obligaciones de dare (deudas de dinero).

EL CONTRATO.- es el acuerdo de voluntades entre dos o mas personas para crear o transferir derechos y obligaciones.



EL CUASICONTRATO.- por el se crean derechos y obligaciones, sin que exista previo acuerdo de voluntades (consentimiento).

EL DELITO.- es un hecho humano contrario al derecho y castigado por la ley.

EL CUASIDELITO.- es un acto ilicito, pero que en el derecho romano no se clasificaba como delito.

LA LEY.- es una fuente muy comun de obligaciones, directa e indirectamente.

LA POLLICITATIO Y EL VOTUM.- era una promesa o declaracion unilateral de voluntad, creadora de obligaciones, hecha al estado (pollicitatio), o a un templo (votum).

LA SENTENCIA.- los jueces mediante sus resoluciones creaban o extinguian obligaciones.

LOS PACTOS.- es el acuerdo de voluntades entre dos o mas personas para modificar o extinguir derechos y obligaciones creados en un contrato.

LOS INFANTES: sui  iuris menores de 7 años, sujetos a tutela.

LOS IMPUBERES: varones entre 7 y 14 años, y mujeres entre 7 y 12 años. podian intervenir en los contratos con autorizacion del tutor.

LOS MENORES DE 25 AÑOS: tambien podian intervenir en los contratos con autorizacion del tutor.

LAS MUJERES SUI IURIS: tenian limitada su capacidad para contratar, requerian el consentimiento del tutor.

EL EXTRANJERO: en un principio era incapaz para contratar. despues, con el desarrollo economico de roma fueron equiparandose con los romanos.

LOS "MENTE CAPTI" Y LOS "FURIOSI" SUI IURIS: normalmente colocados bajo curatela. eran capaces en momentos de lucidez.

LOS ESCLAVOS: podian contratar a nombre de sus dueños, mas estos solo podian ganar, nunca perder.

LA CORREALIDAD ACTIVA.- servia a motivos de comodidad, (coacreedor).

LA CORREALIDAD PASIVA.- servia a fines de garantia, (deudor solidario).

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