El Principio de Capacidad Económica: Fundamento de la Tributación Justa

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El Principio de Capacidad Económica en la Tributación

El Principio de Capacidad Económica es una regla fundamental en el reparto o distribución de la carga tributaria. Establece que los tributos deben repartirse en función de la capacidad económica de cada contribuyente.

Tipos de Presión Fiscal

Existen dos tipos principales de presión fiscal: la directa y la indirecta. La presión fiscal se define como el esfuerzo que supondrá para un contribuyente el pago de tributos. El objetivo es que este esfuerzo sea equitativo para todos.

Determinación de la Capacidad Económica

La determinación de la contribución de toda persona a los gastos públicos se basa en dos tipos de capacidad económica:

  • Capacidad Económica Absoluta: Supone determinar quién posee y quién no posee capacidad económica. Esto se establece mediante la realización del Hecho Imponible (HI).
  • Capacidad Económica Relativa: Permite fijar en qué medida debe contribuir cada contribuyente. Se puede medir a través de:
    • Los índices directos de capacidad económica hacen referencia a la posesión de una renta, una herencia o un patrimonio. Así, a medida que el patrimonio aumenta, la capacidad económica también lo hace.
    • Los índices indirectos de capacidad económica, como por ejemplo el IVA, no representan necesariamente que la persona que más consume sea la que tenga una capacidad económica mayor.

El Hecho Imponible y la Capacidad Económica

Los Hechos Imponibles (HI) determinan lo siguiente: quienes los realizan poseen capacidad económica. Por eso decimos que todos los que tributan son aquellos sujetos que presentan capacidad económica (más concretamente, capacidad económica absoluta). La intensidad del Hecho Imponible (HI) determinará el índice de la capacidad económica que presenta el sujeto pasivo. Si no hay capacidad económica, no se paga; y si se tiene, se paga en función del índice que esté presente. Es posible tener capacidad económica absoluta y no tener relativa.

Diferenciación de Tributos

Es importante también diferenciar entre:

  • Tributos Fijos: Se paga una cantidad determinada, igual para todo el mundo; no hay variables. La ley fija la cantidad a pagar y no se tributa en función de la capacidad económica.
  • Tributos Variables: Se tienen en cuenta una serie de aspectos para determinar la capacidad económica y la cantidad con la que debemos contribuir.

Consideraciones sobre el Principio de Capacidad Económica

En el principio de capacidad económica, a veces el Hecho Imponible (HI) no pone exactamente de manifiesto la capacidad económica, por ejemplo, en el IVA. El sujeto pasivo del IVA no es el consumidor, ya que, aunque lo paga el vendedor, este lo repercute al consumidor.

Equidad y Justicia Fiscal

Todos tienen que pagar tributos, pero cuando hablamos de "todos" se hace referencia a aquellos que puedan hacerlo. Debemos observar quién tiene la capacidad de contribuir (todos aquellos que tengan capacidad económica para hacer frente a estos tributos). La ley garantiza un trato igual a los iguales y desigual a los desiguales: cuanto mayor sea la capacidad económica que presenta el individuo, mayor cantidad deberá contribuir para el sostenimiento de los gastos o cargas públicos. Si se estableciera una cantidad fija, no se actuaría de acuerdo a la capacidad económica de cada uno y, por lo tanto, se vulneraría el principio de igualdad.

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