Principios Clave y Estructura de Protección en Derechos Humanos

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Principios Fundamentales de los Derechos Humanos

Universalidad e Interdependencia de los Derechos Humanos

Los Derechos Humanos son universales e interdependientes.

  • Universalidad: Son inherentes a la condición humana. Todas las personas son titulares de los derechos humanos y no pueden invocarse diferencias de regímenes políticos, sociales o culturales como pretexto para ofenderlos o menoscabarlos. Todas las personas tienen los mismos derechos, sin discriminación alguna (raza, color, sexo, idioma, religión, etc.), conforme al Artículo 1 del Pacto de San José de Costa Rica y la Declaración Universal de Derechos Humanos.
  • Interdependencia: Su protección demanda, además, la realización de derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales.

Desarrollo Progresivo de los Derechos Humanos

El desarrollo progresivo de los Derechos Humanos significa que continuamente deben ir incorporándose nuevos derechos. Ya que los derechos humanos son inherentes a la persona y su existencia no depende del reconocimiento del Estado, siempre es posible extender el ámbito de la protección a derechos que anteriormente no gozaban de la misma. Es así como han aparecido las sucesivas generaciones de derechos humanos y se han multiplicado los medios para su protección.

Principio Pro Homine

El Principio Pro Homine es un principio de interpretación de la norma que busca aplicar la disposición más favorable para el ser humano.

Órganos y Mecanismos de Protección de los Derechos Humanos

Comisión y Convención

  • Una Comisión es un órgano que forma parte de un organismo mayor, como lo es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto de la OEA, y tiene funciones específicas que le son otorgadas por la OEA.
  • Una Convención es un acuerdo que se crea y que luego es ratificado o no por los países miembros, como lo fue la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y que creó diferentes comisiones.

Órgano Convencional y Extraconvencional

  • Un órgano convencional es aquel que ha sido creado por un Tratado Internacional de Derechos Humanos. Los procedimientos convencionales se basan en un tratado ad hoc y en el consentimiento expreso de los Estados.

    Ejemplos de Órganos Convencionales:

    • El Comité de Derechos Humanos, creado por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
    • El Comité contra la Tortura.
    • El Comité de los Derechos del Niño.
  • Un órgano extraconvencional es aquel que tiene relación directa con la protección de los Derechos Humanos, pero no fue creado en virtud de un Tratado Internacional. Los procedimientos extraconvencionales se basan en los poderes generales que la Carta de las Naciones Unidas atribuye a la Organización en materia de derechos humanos.

    Ejemplo de Órgano Extraconvencional:

    • La Comisión de Derechos Humanos (anteriormente, hoy Consejo de Derechos Humanos de la ONU).

Órganos del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos creados por la CADH

Los órganos de protección de los derechos humanos que contempla el Pacto de San José (Convención Americana sobre Derechos Humanos) son dos:

  1. Uno preexistente: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
  2. El segundo de ellos es creación de la Convención: la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

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