Principios del Estado de Derecho: Fuentes, Jerarquía Normativa y Constitución Española
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1. El Estado de Derecho
El Estado de Derecho, nacido con la Revolución Francesa, se fundamenta en la creación y aplicación de las normas. En España, heredera de esta tradición, se estructura en tres poderes:
Poder Legislativo
Ejercido por las Cortes Generales, representantes del pueblo, que elaboran las leyes en el Parlamento. Se compone del Congreso de los Diputados (Cámara Baja, con 350 diputados) y el Senado (Cámara Alta, con 259 senadores). Las Cortes Generales controlan y aprueban las acciones del Gobierno. A diferencia del Congreso, donde se vota a un partido en lista cerrada, en el Senado se puede votar a candidatos individuales.
Poder Ejecutivo
Ejercido por el Gobierno, es el poder encargado de ejecutar las leyes.
Poder Judicial
Compuesto por jueces y magistrados, es el poder que se encarga de hacer cumplir las leyes. Los jueces y magistrados deben ser independientes del poder político al dictar sus sentencias. Este poder se autogobierna.
2. Fuentes del Derecho
Las fuentes del derecho determinan dónde se fundamentan las normas:
Fuentes Directas
- La Ley: Normas dictadas por la autoridad competente, elaboradas en las Cortes Generales.
- La Costumbre: Norma de conducta nacida de la práctica social reiterada y considerada obligatoria por la comunidad. Solo se aplica en defecto de ley aplicable.
- Los Principios Generales del Derecho: Ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base del ordenamiento jurídico. Se aplican en defecto de ley y costumbre.
Fuentes Indirectas
- Tratados Internacionales: Acuerdos regidos por el derecho internacional.
- La Jurisprudencia: Conjunto de sentencias del Tribunal Supremo que han resuelto casos iguales o similares de la misma manera o en el mismo sentido.
3. La Jerarquía de las Normas
El principio de jerarquía normativa establece que:
- Una norma inferior no puede contradecir a una superior.
- Una ley más reciente deroga a la anterior.
- La ley especial prima sobre la general.
4. La Constitución Española
La Constitución Española contiene el conjunto de reglas fundamentales sobre la organización y las instituciones del Estado. Incluye los derechos, libertades y principios de la organización política. Se estructura en 10 títulos que contienen 169 artículos, dedicados en su mayor parte a la ordenación territorial, incluyendo la ordenación de las demás lenguas en la Constitución.
Títulos Relevantes
- La Corona
- Economía
- Cortes Generales
Tratados Internacionales
Los tratados internacionales validados en España pasan a formar parte del ordenamiento jurídico interno una vez publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Solo son válidos si se ajustan a lo dispuesto en la Constitución.
Leyes Orgánicas
Desarrollan los derechos fundamentales y las libertades públicas. Requieren mayoría absoluta para su aprobación.
Leyes Ordinarias
Todas las demás leyes aprobadas por las Cortes Generales que no sean orgánicas. Deben respetar la Constitución y las leyes orgánicas. Se aprueban por mayoría simple.
Reales Decretos-Leyes
En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales, que no podrán afectar a las leyes orgánicas.
Decretos Legislativos
Las Cortes Generales pueden delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley. Se manifiestan en dos formas:
- Textos Articulados: Las Cortes aprueban leyes de bases que sirven de marco para la elaboración de textos articulados por el Gobierno.
- Textos Refundidos: Las Cortes Generales autorizan al Gobierno a reunir en un solo texto una serie de leyes dispersas, pero que versan sobre la misma materia.
Reglamentos
Normas jurídicas de rango inferior a la ley, dictadas por el Gobierno o la Administración.
La Publicidad de las Normas
Las leyes entran en vigor a los 20 días de su completa publicación en el BOE, salvo que en ellas se disponga otra cosa. Este plazo se puede acortar por razones de urgencia (eficacia inmediata: el mismo día o el siguiente) o alargar (eficacia diferida: existen problemas para su aplicación inmediata).
5. La Corona
El Rey ejerce la Jefatura del Estado. Reina, pero no gobierna, ya que no tiene poder ejecutivo. La sucesión a la Corona es hereditaria. El Rey tiene inmunidad ante las leyes penales.
6. Defensor del Pueblo
El Defensor del Pueblo (nacional) y el Síndic de Greuges (autonómico) son instituciones encargadas de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos.