Principios del Derecho: Seguridad Jurídica, Requisitos de la Ley y Lagunas
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1. La Seguridad Jurídica como Fin del Derecho
La seguridad jurídica, propia de un Estado de Derecho, refleja el orden jurídico en las situaciones individuales, permitiendo que el individuo sepa con certeza a qué atenerse en una situación dada. La falta de seguridad jurídica se produce cuando las normas son vagas, oscuras o contradictorias, o cuando reina la arbitrariedad en la aplicación del Derecho.
Existen mecanismos que tienden a eliminar la incertidumbre en las situaciones y relaciones jurídicas para un mejor funcionamiento:
- La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.
- La cosa juzgada.
- La irretroactividad de las leyes.
- La eliminación de la arbitrariedad.
2. Requisitos Internos y Externos de la Ley
Requisitos Internos
- Autenticidad y solemnidad: La ley proviene del órgano del Estado que tenga atribuida esta potestad y en virtud del procedimiento establecido para ello. Las normas constitucionales son las encargadas de fijar la potestad y el procedimiento para dictar leyes.
- Racionalidad: La racionalidad de la ley consiste en su ordenación al bien común y la justicia. Se trata de una justicia relativa, adecuada a las circunstancias del lugar y tiempo.
Requisitos Externos
La ley es sancionada y promulgada por el Rey y después publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Sanción: Es la aprobación del poder ejecutivo.
- Promulgación: La orden a las autoridades para que la cumplan y hagan cumplir.
- Publicación: Es la notificación oficial de la ley a los ciudadanos. Consiste en hacer público el contenido de la ley.
3. Leyes Orgánicas
Son las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general, y las demás previstas en la Constitución.
4. Lagunas en el Derecho
Lagunas Legales
Significa un espacio vacío de derecho. El derecho es un todo orgánico y global que no tiene resquicios ni lagunas, aunque el derecho deba ser interpretado, eliminando así la existencia de lagunas del derecho.
Lagunas de la Ley
Significa que para una determinada relación el ordenamiento positivo no ha dictado norma, y ello puede ocurrir por determinadas causas:
- Que la ley no previó la situación que no se había planteado cuando se promulgó.
- Que dos leyes, sin preferencia entre sí, se contradicen haciéndose recíprocamente ineficaces.
- Que la ley sólo da una orientación general, haciendo remisión a términos generales.
En caso de laguna de ley ha de buscarse la norma a aplicar, la cual se encontrará en los principios generales del derecho. No hay lagunas del derecho, sino una necesaria plenitud normativa y el deber inexcusable de fallar en los órganos jurisdiccionales.
5. Requisitos para el Fraude de Ley
- Que el acto de que se trate suponga una violación de la ley, por contrariar la finalidad de la misma.
- Que la ley en que busca amparo el acto no lo proteja suficientemente. Si se da esta protección efectiva, no hay posibilidad de hablar de fraude a la ley.
- Se discute si es necesaria la voluntad de burlar la ley, ya que el fin de la doctrina del fraude es la defensa del cumplimiento de las leyes, no la represión maliciosa.