Principios Esenciales del Derecho Laboral: Fundamentos y Aplicación Práctica

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Introducción a los Principios del Derecho Laboral

Los principios juegan un **papel orientador** en las modificaciones legislativas. Cumplen la **función de información** (al legislador, como fundamento para la dictación de nuevas normas), la **función normativa** (como fuente supletoria en caso de ausencia de ley) y la **función de interpretación** (operando como criterio orientador).

Principios Fundamentales del Derecho del Trabajo

Principio Protector

Repone, mediante una **protección jurídica especial**, la igualdad que no tiene la gran mayoría de los trabajadores en el terreno económico con sus empleadores. Se expresa en las siguientes reglas:

  • Regla pro operario: Cuando existen varios sentidos posibles, se debe elegir aquel más favorable al trabajador.
  • Regla de la norma más favorable: Cuando hay más de una norma aplicable, debe optarse por la más favorable al trabajador.
  • Regla de la condición más beneficiosa: Las nuevas normas no deben implicar una disminución de derechos para un trabajador en relación con su condición actual, si esta fuese más favorable.

Principio de Irrenunciabilidad

Implica la **imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente** de una o más ventajas concedidas por el derecho laboral en beneficio propio. Su transgresión conlleva la **nulidad de la cláusula**.

Principio de Continuidad

Responde a la lógica de que dicha continuidad contribuye tanto a las decisiones de **capacitación del personal** por parte del empleador como al **compromiso** que debiese generarse y desarrollarse en el trabajador con la empresa (E) que elabora. Es un **contrato de tracto sucesivo**.

Principio de Primacía de la Realidad

En caso de discordia entre lo que ocurre en la **práctica** y lo que surge de documentos o acuerdos escritos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el **terreno de los hechos**.

Principio de Razonabilidad y Buena Fe

Son parte de los **Principios Generales del Derecho**. Incluye la **razonabilidad o proporcionalidad** de los medios que se utilizan para la obtención de un fin legítimo; por ejemplo, las medidas de control personal (incluido el audiovisual) o en la aplicación de las causales de despido, etc.

Principio de la Libre Contratación

Toda persona tiene derecho a la **libre contratación** y a la **libre elección del trabajo** con una justa retribución. Es la libertad de las personas para contratar y dedicar su esfuerzo a la labor lícita que elijan.

Principio de Igualdad y el Derecho a la No Discriminación Arbitraria

“Se prohíbe cualquier **discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal**.”

Principio de Primacía de los Derechos Fundamentales

El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los **derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana**. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los **tratados internacionales ratificados por Chile** y que se encuentren vigentes.”

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