Principios Fundamentales del Derecho: Conceptos Clave y Estructura Jurídica

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Conceptos Fundamentales del Derecho

Definición y Naturaleza del Derecho

El Derecho puede ser definido de manera objetiva o subjetiva.

  • Derecho Objetivo: Es una regulación para una situación específica, un conjunto de normas. Se define como un sistema de normas coercibles que regula la conducta humana en interferencia intersubjetiva.
    • Sistema de Normas: Porque está ordenado, estructurado e interrelacionado.
    • Coercible: Implica el uso de la violencia potencial o la coacción para asegurar su cumplimiento.
    • Interferencia Intersubjetiva: Solo existe en la relación persona-persona y en la comunidad en su conjunto.
  • Derecho Subjetivo: Son los atributos o facultades que las personas tienen, sus potestades.

El Derecho es heterónomo (del griego hetero, 'otros', y nomos, 'ley') porque es dictado por un legislador externo a los individuos. Regula la conducta externa de una persona en relación con otras y con la comunidad, siendo además coactivo.

Distinción entre Derecho y Moral

La Moral, a diferencia del Derecho, presenta las siguientes características:

  • Es subjetiva: No analiza a la persona en su relación con otras, sino que hace referencia solamente a su conducta y a todas las otras posibles conductas de esa persona.
  • Es unilateral: Solamente rige a una sola persona.
  • Es incoercible: Su cumplimiento depende de la voluntad individual y solo si esa persona la reconoce como válida, por eso es autónoma.

Fuentes y Ramas del Derecho

Fuentes del Derecho

Las principales fuentes del Derecho son:

  • Derecho Objetivo (Derecho Positivo): Es la norma que tiene vigencia en una comunidad en un lugar y tiempo determinado. Una ley tiene vigencia desde que es sancionada hasta que es derogada por otra ley.
  • Jurisprudencia: Es el conjunto de sentencias y resoluciones judiciales que, por su reiteración y uniformidad, constituyen una fuente del Derecho, interpretando y aplicando las leyes.
  • Costumbre: Es la reiteración de conductas uniformes y constantes a lo largo del tiempo, con la convicción de que son obligatorias (opinio iuris).
  • Doctrina: Es el estudio, la interpretación y la sistematización del Derecho realizada por juristas y académicos, expresada en sus obras y opiniones.

Corrientes Filosóficas del Derecho

  • Iusnaturalismo: Sostiene que existe un orden natural o divino que es la base del Derecho, y al cual el derecho positivo debe adaptarse.
  • Iuspositivismo: Postula que no existe un orden natural superior; el Derecho es un conjunto de normas creadas por el ser humano que regulan lo que la autoridad competente determina.

Sujetos de Derecho: La Persona

Persona: Todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. Pueden ser:

  • Personas Físicas: Son los seres humanos, y su existencia legal comienza desde la concepción.
  • Personas Jurídicas: Pueden ser:
    • Públicas: El Estado Nacional, Provincial o Municipal, la Iglesia, entre otros.
    • Privadas:
      • Con fines de lucro: Sociedades Anónimas (S.A.), Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).
      • Sin fines de lucro: Fundaciones o Asociaciones Civiles.

Ramas del Derecho

El Derecho se clasifica principalmente en:

  • Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares, donde ambos actúan en un plano de igualdad. Incluye ramas como el Derecho Comercial, Laboral, Civil y el Derecho Internacional Privado.
  • Derecho Público: Regula las relaciones entre el Estado (o entes públicos) y los particulares, o entre distintos órganos del Estado, donde el Estado actúa en su posición de poder. Incluye ramas como el Derecho Penal, Administrativo, Tributario, Aduanero y el Derecho Internacional Público.

Sistemas Jurídicos y Derecho Constitucional

Principales Sistemas Jurídicos

  • Common Law (Derecho Anglosajón): Sistema jurídico basado en la jurisprudencia, donde las decisiones judiciales previas (precedentes) tienen un peso fundamental sobre la legislación escrita.
  • Derecho Continental (Derecho Romano-Germánico o Francés): Sistema jurídico derivado del Derecho Romano, donde la legislación escrita (códigos y leyes) es la fuente principal y la máxima expresión del Derecho.

El Constitucionalismo

El Constitucionalismo surge como un mecanismo para limitar el poder monárquico, estableciendo la división de poderes. Es el fundamento supremo de todas las otras normativas jurídicas. Condiciona las acciones del Estado y de sus funcionarios, permitiéndoles únicamente aquello que está expresamente habilitado por la ley.

Partes de la Constitución

Generalmente, una Constitución se divide en:

  • Parte Dogmática: Contiene la declaración de los derechos y garantías fundamentales, así como la organización del poder en relación con el territorio.
  • Parte Orgánica: Establece la forma de gobierno, sus funciones, competencias y ámbito de actuación de los poderes del Estado.

Tipos de Constitución

Las Constituciones pueden clasificarse según diversos criterios:

  • Según su forma: Escritas o no escritas (donde rige la costumbre).
  • Según su rigidez: Rígidas o flexibles.
  • Según su extensión: Reglamentarias o analíticas.
  • Según su origen: Autoritarias o democráticas.
  • Según su vigencia: Formales o materiales (que tienen vigencia real y efectiva).

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