Principios Fundamentales del Registro Mercantil: Claves para la Inscripción y Publicidad Legal
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Principios Esenciales del Registro Mercantil
El Registro Mercantil es una institución fundamental para la seguridad jurídica en el ámbito empresarial. Su funcionamiento se rige por una serie de principios que garantizan la transparencia, la legalidad y la eficacia de los actos y contratos mercantiles. A continuación, se detallan los principios más relevantes que sustentan su operativa:
Principio de Obligatoriedad de la Inscripción
La inscripción en el Registro Mercantil tendrá carácter obligatorio, salvo en los casos en que expresamente se disponga lo contrario. La falta de inscripción no podrá ser invocada por quien esté obligado a procurarla.
Principio de Titulación Pública
La inscripción en el Registro Mercantil se practicará en virtud de documento público y solo podrá practicarse en virtud de documento privado en los casos expresamente prevenidos en las leyes y en este Reglamento. (art. 18 Co.c. y 5 RRM)
Principio de Legalidad
Los registradores calificarán bajo su responsabilidad la legalidad de los documentos de toda clase en cuya virtud se solicita la inscripción, así como la capacidad y legitimación de los que los otorguen o suscriban y la validez de su contenido. (art. 18.2 Co.c. y 6 RRM)
Principio de Legitimación
El contenido del Registro se presupone exacto y válido. Los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producirán sus efectos mientras no se inscriba la declaración judicial de su inexactitud o nulidad. (art. 20 Co.c. y 7 RRM)
Principio de Oponibilidad
Los actos sujetos a inscripción solo serán oponibles a terceros de buena fe desde su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. (art. 21 Co.c. y 9 RRM)
Principio de Prioridad
Inscrito o anotado previamente en el Registro Mercantil cualquier título, no podrá inscribirse o anotarse ningún otro de igual o anterior fecha que resulte opuesto o incompatible con él. (art. 10 RRM)
Principio de Tracto Sucesivo
Para inscribir actos o contratos relativos a un sujeto inscribible será precisa la previa inscripción del sujeto.
Principio de Publicidad Formal
El Registro Mercantil es público y corresponde al Registrador Mercantil el tratamiento profesional del contenido de los asientos registrales de modo que haga efectiva su publicidad directa y garantice, al mismo tiempo, la imposibilidad de su manipulación. La publicidad se realizará mediante certificación o por medio de nota informativa de todos o alguno de los datos contenidos en el asiento respectivo.