Principios Fundamentales de la Seguridad Social: Solidaridad, Universalidad, Participación e Igualdad
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Principios Fundamentales de la Seguridad Social
Los principios son la base de un sistema de seguridad social. En términos generales, los principios fundamentales en seguridad social, de mayor reconocimiento en el ámbito internacional, son los siguientes: Solidaridad, Universalidad, Participación e Igualdad.
Solidaridad
El principio de solidaridad se define en cuanto cada cual aporta al sistema de seguridad social según su capacidad contributiva y recibe prestaciones de acuerdo a sus necesidades, lo cual constituye una herramienta indispensable a efectos de cumplir con el objetivo esencial de la seguridad social: la redistribución de la riqueza con justicia social.
La solidaridad implica la del sano con el enfermo, la del joven con el anciano (intergeneracional u horizontal), pero también entre las personas de diferentes ingresos, de los que más tienen a los que menos tienen (intrageneracional o vertical), incluso solidaridad geográfica entre regiones con más recursos y otras más pobres.
Universalidad
En sus dos vertientes:
- Objetiva: la seguridad social debe cubrir todas los riesgos a las que está expuesto el hombre que vive en sociedad.
- Subjetiva: todas las personas deben estar amparadas por la seguridad social, principio que deriva del Derecho Humano Fundamental. Este principio se relaciona con el principal tema de la seguridad social: la falta de cobertura frente a algunas contingencias sufridas por los ciudadanos.
Participación
En un sentido amplio, implica que deben poder hacer sentir su opinión todos quienes de una forma u otra están alcanzados por la seguridad social.
Hay participaciones informativas, consultivas, asesoras, directivas.
Igualdad
Este principio no es exclusivo de la seguridad social, sino que es consustancial a todas las materias e implica que todas las personas deben ser amparadas igualitariamente ante una misma contingencia.
También puede definírsele como Igualdad de trato: todo ser humano como tal tiene el derecho a la Seguridad Social, prohibiéndose toda clase de discriminación en cuanto a raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Garantía Estatal
Es un respaldo financiero del Estado, que asegura una pensión mínima a los afiliados cuyo saldo de la Cuenta de Capitalización Individual en la AFP se agotó y, para aquellos que no tienen derecho al Bono de Reconocimiento, siempre que, en ambos casos, el afiliado cumpla con los requisitos establecidos para estos efectos.
Preguntas Frecuentes sobre la Cobertura de Salud (GES)
¿Cómo un paciente deja de ser GES para determinada patología?
- Por cambio de previsión: Cierre de caso.
- Por renuncia para atenderse por libre elección: comprar bonos y atenderse solo en consulta privada; hospitalizarse u operarse en pensionado o en una clínica.
- Por dejar de cumplir requisitos: Cierre de caso.