Principios de organización política en España: Monarquía parlamentaria, Jefatura del Estado y organización territorial

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Los principios de organización política

Dentro de la opción política del modelo de Estado social y democrático de Derecho, de los valores que lo informan, del presupuesto fundamental de la soberanía popular y del principio dogmático e institucional de la división de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), caben opciones alternativas, válidas todas ellas, para el cumplimiento de esos fines:

  • Monarquía o república
  • Estado unitario o federal
  • Sistema de gobierno presidencial o parlamentario
  • Rigidez o flexibilidad constitucionales
  • Diferentes sistemas de control de la constitucionalidad de las leyes

La Constitución Española (CE) opta por una monarquía parlamentaria, una organización territorial autonómica y un sistema de justicia constitucional concentrado (Tribunal Constitucional, TC).

La monarquía parlamentaria como forma de gobierno

«La forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria», artículo 1.3 de la Constitución Española (CE). La universalización del Estado, como modelo de organización política de las comunidades, ha determinado que la clasificación básica para designar la configuración del poder político en un Estado sea entre formas democráticas y formas autocráticas o autoritarias y que, para su estudio, distingamos entre formas de jefatura de Estado, formas de gobierno y formas territoriales del Estado.

1 La Jefatura del Estado. Título II CE, La Corona

La tendencia en las democracias parlamentarias, aun las republicanas, es la de situar a la Jefatura del Estado al margen de los conflictos de poderes y de las luchas de partidos, asignándole funciones de moderación, arbitraje y neutralidad más que verdaderas atribuciones decisivas o ejecutivas.

La Jefatura del Estado en las monarquías: Rey o Reina (u otros títulos históricos como príncipe o duque). La legitimidad actual de la monarquía se fundamenta democráticamente en dos sentidos: una legitimidad objetiva, que son las funciones que establece la Constitución, distinta de la legitimidad subjetiva, que afecta a la persona titular de la Corona (normalmente de carácter dinástico) perteneciente a una determinada familia o dinastía.

Las monarquías democráticas contemporáneas son siempre parlamentarias, lo que implica la irresponsabilidad política del Rey: sus actos son siempre refrendados por el Gobierno y, en su caso, por el Parlamento (en la CE, por la Presidencia de las Cortes) y sus competencias son las que establecen los ordenamientos constitucionales.

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